Cartagena de Indias - Colombia
Miércoles 08 Junio de 2016 Ediciones anteriores |
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De acuerdo con el caso planteado usted como primera medida reconoció al menor; el reconocimiento es irrevocable, la única salida que encontraríamos para su caso es que usted demande por vicios del consentimiento, es decir que la madre del niño lo hizo incurrir en error. Esto debe probarlo, porque de no hacerlo seria condenado a pagar las costas del proceso.
En el proceso que usted inicie podrá invocar un amparo de pobreza en donde la autoridad que conozca del caso ordene la práctica de la prueba de ADN.
Si se le presenta otra inquietud usted podrá dirigirse al consultorio jurídico de la Corporación Universitaria Rafael Nuñez ubicado en el Centro calle Estanco del Tabaco # 35-16, Teléfono 6602015.
Cordialmente,
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ANA CAROLINA CASTILLO PAJARO.
ESTUDIANTE DEL CONSULTORIO JURÍDICO
CORPORACIÓN UNIVERSITARIA RAFAEL NUÑEZ
X SEMESTRE
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Dra. MARTHA ESPINOSA
ASESOR DE ÁREA FAMILIA
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