Cartagena de Indias, Colombia Cartagena de Indias - Colombia
Miércoles 08 Junio de 2016
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Pensión de Vejez



Ciudad de residencia: 
cartagena
Resumen del caso: 
Usted ha manifestado que actualmente no tiene empleo, que tiene 58 años de edad y ha cotizado 1285 semanas al Instituto de Seguro Social y que el 2 de noviembre de 2013 cumple 60 años de edad. Su consulta va orientada a saber si, en estos momentos, tiene derecho a la Pensión de Jubilación del Instituto de Seguro Social.
Respuesta a la consulta: 

Respecto a su inquietud le comunicamos que actualmente no cuenta con la edad mínima para pensionarse por vejez en estos momentos, del Instituto de Seguros Sociales, pues su edad actual es de 58 años y la edad requerida por la ley para acceder a la pensión de vejez es de 60 años.

Usted cumplirá el primer requisito necesario para acceder a la Pensión de Vejez del Instituto de Seguros Sociales el 2 de noviembre de 2013 pues en ese año, conforme a la información entregada por usted en esta consulta virtual, cumple los 60 años de edad.

Además de cumplir el requisito de la edad, quien pretenda tener la condición de pensionado por vejez del Instituto de Seguros Sociales, debe cumplir el requisito de las semanas cotizadas exigidas por la Ley 797 de 2003 que modificó la Ley 100 de 1993, pues para adquirir la condición de pensionado por vejez del Instituto de Seguros Sociales, deben concurrir en la persona ambos requisitos, edad y semanas cotizadas. En su caso, el número de semanas exigidas por la ley para quienes pretenden pensionarse de esta institución en el año 2013, año en el cual cumplen los sesenta años de edad, es de 1.250.

En su caso, usted en estos momentos tiene las semanas cotizadas exigidas pero no tiene la edad. Este último y necesario requisito lo cumple el 2 de noviembre del año 2013.

Lo anterior conforme al artículo 9 de la Ley 797 de 2003 que establece:

“ARTÍCULO 9o. El artículo 33 de la Ley 100 de 1993 quedará así:

Artículo 33. Requisitos para obtener la Pensión de Vejez. Para tener el derecho a la Pensión de Vejez, el afiliado deberá reunir las siguientes condiciones:

1. Haber cumplido cincuenta y cinco (55) años de edad si es mujer o sesenta (60) años si es hombre.
A partir del 1o. de enero del año 2014 la edad se incrementará a cincuenta y siete (57) años de edad para la mujer, y sesenta y dos (62) años para el hombre.

2. Haber cotizado un mínimo de mil (1000) semanas en cualquier tiempo.

A partir del 1o. de enero del año 2005 el número de semanas se incrementará en 50 y a partir del 1o.de enero de 2006 se incrementará en 25 cada año hasta llegar a 1.300 semanas en el año 2015.”

Para mayor ilustración y entendimiento, transcribimos cuadro ilustrativo publicado por la Revista Legis 2012, Cartilla de Seguridad Social y Pensiones, paginas 75 y 76, que indica el tiempo de semanas que deben estar cotizadas en el año en el que se cumple el requisito de edad para acceder a la Pensión de Vejez del Instituto de Seguros Sociales.

SEMANAS REQUERIDAS
AÑO SEMANAS
Hasta 2004 1.000
2005 1.050
2006 1.075
2007 1.100
2008 1.125
2009 1.150
2010 1.175
2011 1.200
2012 1.225
2013 1.250
2014 1.275
2015 1.300

Si se le presenta otra inquietud usted podrá dirigirse al Consultorio Jurídico de la Corporación Universitaria Rafael Núñez, ubicado en el Centro calle Estanco del Tabaco Nº 35-16, segundo piso, Teléfono 6644802 extensión 109, Cartagena o a uno cualquiera de su ciudad de residencia.

Cordialmente,

Carlos Bohórquez Uparela
Estudiante Consultorio Jurídico X Semestre
Corporación Universitaria Rafael Núñez

Milton Buelvas Mendoza
Asesor Área Laboral

Respondida: 
Si

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