Cartagena de Indias, Colombia Cartagena de Indias - Colombia
Miércoles 08 Junio de 2016
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RECONOCIMIENTO DE PENSION



Ciudad de residencia: 
Bogota D.C.
Resumen del caso: 
Usted manifiesta que su esposo falleció hace casi dos años, y se separamos mas no se divorciaros solo realizamos la separación de cuerpos. Igual mente expresa que presento la solicitud de reconocimiento de pensión de sobreviviente para usted y su hijo, el fondo de pensiones aprobó solo la de su hijo aduciendo que no convivía con el causante, a pesar de que la sociedad conyugal no se había disuelto. Su hijo vive con los abuelos paternos quienes solicitaron la patria potestad del menor ante bienestar familiar y solo le otorgaron la custodia y mensualmente usted entrega un cuota alimentaría. Esperando el desembolso de la primera mesada me he enterado que el fondo de pensión suspendió el pago en razón que el menor respaldado por su tío paterno solicitaron que le consignaran a la cuenta del menor, obviando la responsabilidad que tiene como representante de su hijo, por lo cual el fondo le dio traslado al departamento jurídico y se niega a desembolsar le retroactivo. y desea saber que derechos tiene, si el fondo puede entregarle ese dinero siendo el menor y que debo hacer
Respuesta a la consulta: 

Teniendo en cuenta el caso planteado en la consulta virtual, le comunicamos que el titular del derecho para recibir los beneficios de la pensión del causante, es su hijo; pero como este es menor de edad la ley establece que se le deberá consignar esta entonces a su representante o a quien tenga la patria potestad, que en este caso seria usted. Debido a que no existe una orden judicial que la sustraiga de este derecho. Para hacer valer lo anteriormente mencionado, deberá usted interponer una demanda ordinaria laboral contra el fondo de pensiones para que así le reconozcan su derecho a recibir la pensión por ser su representante.

Si se le presenta otra inquietud usted podrá dirigirse al Consultorio Jurídico de la Corporación Universitaria Rafael Núñez ubicado en el Centro calle Estanco del Tabaco # 35-16, Teléfono 6602015. o a uno cualquiera de su ciudad de residencia.

Cordialmente,

___________________________________
CARLOS ANDRES MARRUGO POLO-
ESTUDIANTE DEL CONSULTORIO JURÍDICO
CORPORACIÓN UNIVERSITARIA RAFAEL NUÑEZ
IX SEMESTRE

Respondida: 
Si

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