Por Arcadio González Ardila
La semana pasada la Asociación Colombiana de Administradoras de Fondos de Pensiones y Cesantía (Asofondos), realizó en Cartagena de Indias su X Congreso Anual, en el que se puso en blanco y negro la realidad del sistema pensional colombiano, con sus fortalezas y debilidades.
En ese escenario, el presidente de Fondo de Pensiones y Cesantías Porvenir, Miguel Largacha Martínez, habló con COLPRENSA sobre las principales diferencias entre el Régimen de Prima Media que administra Colpensiones, y el Régimen de Ahorro Individual a cargo de los fondos privados.
“En este Congreso de Asofondos hemos escuchado a varios representantes de organismos internacionales que sostienen que es indispensable hacer una reforma constitucional porque la sostenibilidad de las finanzas del Estado está comprometida. Expertos de la OCDE y el BID sugieren un mecanismo que nos permita financiar las pensiones porque hoy la expectativa de vida es mucho mayor para el disfrute de la pensión, pero cada vez hay menos cotizantes”, dijo.
La conclusión de Largacha Martínez, que además es Presidente del Consejo Directivo de Asofondos, es que los jóvenes deberían comenzar a ahorrar desde el inicio de su vida laboral en un fondo privado, y cuando le falten diez años para pensionarse pedir la doble asesoría y escoger el modelo que más le convenga.
- ¿Los jóvenes en Colombia sí aspiran a pensionarse algún día?La cultura del ahorro hay que seguirla impulsando, porque no la tenemos. Cuando una persona va a iniciar su vida laboral lo que más le conviene es estar en un fondo de pensiones, porque puede escoger semanas o capital. Y faltando diez años para pensionarse -62 años para los hombres y 57 para las mujeres-, definir exactamente qué le conviene más. Para eso es la doble asesoría.
- ¿Cuáles son las principales diferencias entre un sistema y otro?En un fondo de pensiones yo me puedo pensionar con 1150 semanas, más o menos 23 años de cotización, a través del Fondo de Garantía de Pensión Mínima o por capital. Si a lo largo de mi vida laboral tengo una mejora en mi productividad puedo escoger el mejor de los dos.
- ¿Y en Colpensiones?En Colpensiones son 1300 semanas, más o menos 26 años de cotización, o sea tres años más en Colpensiones para pensionarse con un salario mínimo.
Ahora, en los fondos todos los que cotizan hacen una contribución para el Fondo de Garantía de Pensión Mínima, un sistema de solidaridad donde se va creando un fondo común para permitir que las personas que no alcanzan un capital se puedan pensionar por semanas.
- Pero en Colpensiones también hay garantía de pensión mínima…No, ese Fondo de Garantía de Pensión Mínima solo opera en los fondos privados. En Colpensiones y los Fondos aquellas personas con buena capacidad económica -a partir de cuatro salarios mínimos- contribuyen al Fondo de Solidaridad Pensional, con el que se financian programas como Colombia Mayor.
En otras palabras, el Fondo de Garantía de Pensión Mínima es de los fondos, y el Fondo de Solidaridad Pensional es compartido entre los fondos privados y Colpensiones.
- ¿Cuál es la diferencia en la edad para la pensión?En un fondo de pensiones no hay una edad mínima para pensionarse, yo me puedo pensionar cuando tenga un capital suficiente para financiar mi pensión.En Porvenir vemos que las personas que se pensionan por capital no han llegado a la edad de garantía pensional, es decir 57 las mujeres y 62 los hombres.
Me explico: después de los 50 años comienza a decaer la productividad, o si pierdo mi empleo o consigo uno de menor ingreso, tengo la opción de pensionarme anticipadamente. Eso implica que tengo que sacrificar el monto de la mesada pensional porque si me espero más tiempo obviamente mi mesada va a ser mayor, porque puedo acumular más capital. Pero tengo la posibilidad de generar un ingreso adicional anticipado y eso solo se tiene en los fondos, no en Colpensiones donde toca esperar a tener la edad de jubilación.
- ¿Cómo se determina el monto de la pensión en cada régimen?En Colpensiones se determina por el monto de mis ingresos en los últimos diez años cotizados durante mi vida laboral. Pero en Colombia después de los 50 años baja la productividad y las oportunidades laborales.En el fondo de pensiones es todo lo contrario, lo que más interesa es lo que he acumulado desde joven, que incluye los rendimientos financieros y los aportes complementarios, si los hay.
Estudios indican que una persona que cotiza desde joven en un fondo privado, en los primeros cinco años de cotización ya han hecho el 50 % de lo que necesitan para su pensión.
- ¿Cómo opera la devolución de saldos?En Colombia está demostrado que la mayoría de personas solo alcanzan a cotizar, en promedio, 15 años. Cuando uno llega a la edad (57 o 62) y no tiene los requisitos, en ambos regímenes les devuelven los saldos. La diferencia es que en los fondos privados le devuelven el saldo de su cuenta de ahorro individual ajustado a la inflación más los rendimientos acumulados, mientras en Colpensiones solo le devuelven el capital que ha aportado ajustado a la inflación.
Un ejemplo: un colombiano cotiza 15 años con un salario mínimo, llegó a la edad y no alcanzó a pensionarse. Va a Colpensiones y le dan la Indemnización Sustitutiva, un cheque de aproximadamente 11 millones de pesos. A esa misma persona en un fondo de pensiones le devuelven aproximadamente 35 millones de pesos, casi tres veces de diferencia.
- ¿Cuál es la diferencia para el caso de las mujeres?En los fondos no hay edad de jubilación, lo importante es el capital del ahorro individual. En Colpensiones las mujeres se pensionan a una edad inferior a los hombres, pero por su naturaleza cotizan menos y viven más.
Tenemos que encontrar una fórmula para resolver esa ecuación. En Brasil están homologando en 65 años la edad de jubilación para hombres y mujeres, o una cotización mayor.
Pero hay algo que corregir: una mujer cuando llega a los 57 recibe el Bono Pensional, que es lo que le reconoce el Estado pero la Nación solo se lo redime a los 60 años.
- ¿En qué consiste la figura de la pensión voluntaria?Esa figura no existe en Colpensiones. En los fondos de pensiones la idea es que si la persona tiene la posibilidad económica de hacer un aporte complementario lo haga para mejorar su pensión. En Colombia se limitó el piso y el techo de las pensiones (5 y 25 salarios mínimos, respectivamente).
En ambos regímenes la cotización para pensión es obligatoria, pero en un fondo de pensiones usted puede mejorar su pensión haciendo aportes complementarios. En Colpensiones no existe el ahorro complementario.
- ¿Si una persona fallece antes de pensionarse, quién recibe ese beneficio?En un fondo de pensiones siempre el capital acumulado lo reciben los herederos en caso de muerte. En Colpensiones el beneficio es solo para los beneficiarios de ley: cónyuge, compañero permanente, hijos menores de edad con dependencia económica. Pero si no hay beneficiarios de ley no se hereda ese capital.
Y si yo soy soltero y sin hijos y fallezco mientras tramito mi pensión, en Colpensiones nadie recibe ese beneficio si no tengo beneficiarios de ley. En los fondos los reciben mis herederos.
- ¿Qué hacer cuando me falten diez años para la pensión?Hay que escoger la opción más conveniente, para eso es la doble asesoría. Si usted ha logrado hacer buenos ahorros desde joven tiene la oportunidad de hacer un capital importante. Si es una persona que se va a pensionar por semanas, es más fácil en los fondos privados porque son menos semanas.
Pero Si usted sabe que en los últimos diez años de su vida laboral va a tener un muy buen ingreso, aproveche en Colpensiones gracias al subsidio que le da el Estado. Por eso decimos que las personas deben ubicarse donde más les convenga.
- ¿Y si me faltan menos de diez años?Ya no se puede cambiar de sistema. Cada cinco años se puede cambiar de régimen, pero la última vez es faltando diez años, después ya no.
- ¿Cuál es su llamado a los colombianos?Que tenemos que crear un buen sistema integral de protección a la vejez, no es posible que en Colombia solo tres de cada diez colombianos mayores tengan cobertura pensional. En Colombia tenemos que darles pensión o cualquier otro programa de protección a todos nuestros adultos mayores, que todos los que pueden aportan lo hagan y el que tenga capacidad de ahorro que ahorre más.
