Económica


SIC sancionó a movistar por violar régimen de protección de datos

COLPRENSA

16 de diciembre de 2013 05:50 PM

 La Superintendencia de Industria y Comercio sancionó a Colombia Telecomunicaciones (Movistar), por violar el régimen de protección de datos personales. La multa impuesta son 1.300 salarios mínimos, equivalentes a $766.350.000.

La Dirección de Investigación de Protección de Datos Personales sancionó al operador por no haber hecho efectiva su obligación legal de corregir los reportes crediticios de sus usuarios, una vez comprobado que se habían dado porque habían sido suplantados.

“La empresa se demoró más de tres años en hacer efectiva la eliminación de los reportes a las centrales de riesgo y sólo lo hizo después de haberse iniciado la investigación por parte de la Superindustria”, dio a conocer la entidad esta tarde en un comunicado.

Además de la penalización económica, el organismo ordenó la realización de una auditoria externa y, luego, la empresa debe presentar un plan de mejoramiento.

ANTECENDENTES DE "GRAVÍSIMA NEGLIGENCIA”

Movistar reportó a uno de sus usuarios ante una central de riesgo. Dicho ciudadano logró demostrar que su identidad había sido suplantada, razón por la cual debía ser excluido de la base de datos y de su injusta condición de moroso, máxime cuando el propio operador así lo reconoció y le anunció que sería sacado de las centrales de riesgo en cinco días.

Según la investigación, Movistar se demoró más de tres años en hacer efectiva dicha acción. La Superindustria verificó además que Movistar tiene antecedentes de incumplimientos en no menos siete casos.

“Se constató una conducta reiterada de esa sociedad, consistente en reconocer la eliminación de reportes en las centrales de riesgo sin posteriormente cumplir con su obligación y compromiso de proceder a hacer efectiva dicha eliminación. Estas actuaciones denotan una gravísima negligencia”.

LA AUDITORÍA

Junto con la multa de $766 millones, la Súper ordena a Movistar realizar una auditoría externa en sus sistemas de información, para determinar posibles fallas en la atención de los reclamos de sus usuarios.

Una vez culmine, “deberá radicar ante la Superintendencia de Industria y Comercio un Plan de Mejoramiento de sus prácticas de reporte de información y gestión de quejas”.

Por ser de primera instancia, la sanción puede ser apelada por la compañía.

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