Educación


¡Ojo con los aumentos en los matrículas de los colegios!

ADRIANA DE LA CRUZ PALLARES

19 de noviembre de 2013 12:02 AM

El Ministerio de Educación Nacional fijó, a través de la Resolución 11951 del 6 de septiembre de 2013, los incrementos aplicables a las tarifas de matrículas y pensiones de los establecimientos educativos privados de preescolar, básica y media del país para el año escolar 2014.
Los incrementos se realizan por categorías según la autoevaluación que realiza el Ministerio de Educación.
Para realizar los incrementos se tuvieron en cuenta los siguientes factores:
La calidad de la educación ofrecida, así como los esfuerzos de los colegios privados para lograr certificaciones en un sistema de gestión de calidad.
Preservar la capacidad de pago de los hogares colombianos en los gastos de educación de sus hijos, especialmente de aquellos con menores ingresos.
Que la inflación en 2012 se mantuvo por debajo de la meta del 3% y para este año se espera un incremento similar.
A pesar de lo anterior, la inflación del grupo de educación, dentro de los 9 que conforman la canasta de bienes y servicios del Índice de Precios al Consumidor (IPC) se ubicó en el año 2012 y en lo corrido del 2013, muy por encima de la inflación nacional y de los otros grupos de bienes y servicios, especialmente, porque el primer grado que ofrecen los colegios no tenía tope en sus incrementos.

Los aumentos autorizados
Para los colegios clasificados en Régimen Controlado, es decir los establecimientos que obtienen muy bajos puntajes en su autoevaluación, están sancionados o incumplen los requisitos básicos establecidos, será la Secretaría de Educación de la jurisdicción donde operen, la encargada de fijar la tarifa para el primer grado que ofrezca el establecimiento, sin superar en ningún caso el 3% de incremento frente al valor del primer grado del año anterior. Las tarifas de los grados posteriores se calcularán incrementando máximo en un 2%, respecto a las que el colegio cobró en el año inmediatamente anterior.
Por su parte, los establecimientos con mejores resultados en sus evaluaciones institucionales y en las evaluaciones censales SABER 11 podrán aplicar mayores incrementos, así:
Los establecimientos clasificados en Régimen de Libertad Vigilada, es decir los que obtienen puntajes intermedios en su autoevaluación, podrán incrementar sus tarifas hasta en un 3%. Si estos mismos establecimientos se clasificaron en las pruebas SABER 11 en el rango “Superior”, podrán realizar incrementos hasta en un 3,1% y si se ubicaron en la categoría “Muy Superior”, el alza podrá ser en un 3,2%.
“Nosotros entramos a verificar la información que incluyen los colegios de Cartagena en esa autoevaluación y hacer la resolución sobre el incremento que deben hacer. Hasta ahora no hemos tenido que sancionar a nadie porque hacemos prevención y un control previo. De todas maneras, las resoluciones se publican en la página del Ministerio y si algún padre tiene una queja puede acercarse a una de las cinco Unaldes o a la Secretaría de Educación en la oficina de control donde los funcionarios están prestos a recibir la información”, indicó Delly Díaz, de la oficina de Inspección y Control de la Secretaría de Educación Distrital.
La funcionaria agregó que con las listas escolares exageradas también se debe hacer la respectiva denuncia para proceder a controlar a los colegios.

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