Asimismo informó que el monto máximo de las mismas debe consultar las metas plurianuales del Marco Fiscal de Mediano Plazo y que cuente con aprobación previa del Confis Territorial o el órgano que hace sus veces. Y agregó que cuando se trate de proyectos que conlleven inversión nacional deberá obtenerse el concepto previo y favorable del Departamento Nacional de Planeación.
El Ministro destacó que con la aprobación del proyecto quedará prohibida en las entidades territoriales la aprobación de cualquier vigencia futura en el último año de gobierno del respectivo alcalde o gobernador.
“Se exceptúan los proyectos de inversión que cuenten con financiación total o parcial por parte de entidades del nivel nacional o se trate de proyectos financiados con recursos del Sistema General de Participaciones de forzosa inversión”, indica el comunicado del Ministerio.
Contempla, además, que el plazo de ejecución de cualquier vigencia futura aprobada debe ser igual al plazo de ejecución del proyecto o gasto objeto de la misma.
“Ustedes saben que el Consejo de Estado y la Contralora General de la República nos había instado a modificar el procedimiento por medio del cual se aprobaban las vigencias futuras y la corrección sólo se puede hacer realizando un cambio en el Estatuto Orgánico del Presupuesto”, aclaró el Ministro.
Por último, afirmó que el Proyecto de Ley, el cual tendrá mensaje de urgencia por parte del Gobierno Nacional, debe ser rápidamente aprobado para destrabar los más de 22 billones de pesos en vigencias futuras, que están pendientes de ser ejecutados en los próximos años.
Económica
Gobierno regulará vigencias futuras
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