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El Datt viene intensificando los operativos en toda la ciudad desde hace meses.
Aroldo Mestre/ El Universal
Un conductor de una línea de buses intermunicipales adeuda una suma de 59 millones 276 mil pesos en multas ocasionadas en el transcurso de su trabajo como conductor de bus.
El hombre fue capturado en un operativo que se realizó a las 7 de la mañana en las afueras de la Terminal de Transportes de Cartagena.
El millonario infractor quien trabaja actualmente para la empresa Transportes González, fue identificado como Luis de la Torre Goenaga e inmediatamente fue retenido en el Cap del Pozón, luego fue trasladado a las instalaciones de la Fiscalía.
Tenía licencia falsa
Luis de la Torre Goenaga fue requerido por un agente del DATT inicialmente por estar mal estacionado y recoger pasajeros en las afueras de la Terminal de Transporte de esta ciudad a las 7 de la mañana, posteriormente se descubrió que la licencia presentaba inconsistencias. Él conducía un bus de placas SBK 529.
Torres Goenaga quedó a manos de la Fiscalía que lo investigará por presunto fraude en documento público.
Multas en varios lugares
A este conductor, de un bus afiliado a la empresa Transporte González, le figuran 130 comparendos efectuados en diversas ciudades y municipios de la Costa Caribe.
Le figuran varios comparendos por exceso de velocidad, violación a normas de tránsito, transitar sin seguro obligatorio, sin certificado de revisión técnico mecánica, bloquear calzadas, conducir sin licencia de conducción, adelantar en cruces prohibidos, estacionarse en sitios prohibidos, por sobrecupo, realizar maniobras peligrosas, entre otras infracciones.
A este personaje le figuran en Cartagena 20 órdenes de embargo por parte del DATT por igual número de multas impuestas en esta ciudad. Tiene una deuda por multas en Cartagena de $9 millones 410 mil.
El director del DATT, Edilberto Mendoza Goez, señaló que debido a la cantidad de multas, éste conductor no puede obtener su licencia de conducción y es por ello que gran parte de las multas que posee es por carencia de éste documento.
Comentarios
2012-07-14
8:15 AM
Ellos son los únicos que pueden controlar esto, no es posible que un tipo que deba 60 millones este suelto de madrina y cometiendo violaciones al código de transito y policía. y evadiendo a las autoridades, GENERAL PALOMINO VENGA A PONER ORDEN A ESTA CIUDAD DONDE REINA EL DESORDEN!!!!
2012-07-14
8:09 AM
El alcalde Campo Elias , Nausicrate Perez , y el director del Transito de cartagena , expliquen a los medios por que permiten que conductores y asesinos al volante, CON LICENCIA PARA MATAR cir[-- Censurado --]n como perro por su casa en las vias de la ciudad y si ellos cometen un accidente y hay victimas , Quien responde el transito ? la alcaldia o la secretaria de gobierno distrital??? Estas condiciones estan identificadas y sigue la OMISION.
2012-07-13
1:01 PM
FIEL MUESTRA DE LA FALTA DE AUTORIDAD Y LEY EN COLOMBIA. UNA RATA COMO ESA TIENE QUE ESTAR PRESO PRIMERO POR DOCUMENTO FALSO Y SEGUNDO POR LAS MULTAS QUE NO HA PAGADO NI PAGARA
2012-07-11
5:14 PM
Les recuerdo la captura de este conductor no es por la deuda de $59.000.000, es por portar un documento publico falso
2012-07-11
5:08 PM
Quiero dejarles claro que la captura de este sujeto no es por la deuda, es porque conducía su vehí[-- Censurado --] con una licencia de conducción falsa, la cual no aparece registrada en el Runt y obviamente con esa deuda de $59.000.000 no va poder sacar una licencia de conducción nueva, es decir tiene que ponerse a paz y salvo. les quedo claro?
2012-07-11
3:10 PM
Y ESTE TIPO COMO HACIA PARA RENOVAR LA LICENCIA??????
ESO ES GRACIAS A LA OLLA PODRIDA QUE SE LLAMA DATT.
ESTAN ESPERANDO A QUE ATROPELLE A ALGUIEN PARA PROCEDER ??????
2012-07-11
4:38 PM
La licencia que usaba, al parecer era falsa. Por algo, la mayor cantidad de multas que tiene son por no portar la licencia de conducción. Revisen en el Heraldo.
http://www.elheraldo.co/region/detienen-con-licencia-falsa-a-conductor-q...
2012-07-11
1:52 PM
RAFAEL ORTIZ, ESTAS DEFENDIENDO A UN TIPO CON TANTAS INFRACCIONES DE TRANSITO? SERIA BUENO QUE AGARRE CARCEL PARA QUE APRENDA A MANEJAR BIEN, CUIDADO QUE CUANDO SALGA DE LA CARCEL TE VA A ATROPEYAR Y VA A TERMINAR MATANDOTE POR BOCON. ESA ES LA REALIDAD DE LA JUSTICIA EN COLOMBIA, "NO IMPORTA LAS MULTAS,, NO ME METERAN PRESO Y ASI SIGO MANEJANDO HASTA MATAR A 1000, QUE BONITO!!"
2012-07-11
1:53 PM
AUNQUE EL PRESO NO DEBERIA SER EL,,, SINO LA COMPANIA QUE LO CONTRATA PARA DICHO SERVICIO,,,, MEJOR DICHO, DEBERIAN IR PRESO LOS DOS,,,,
2012-07-11
12:47 PM
Y NO DESTITUYERON AL DIRECTOR DEL TRANSITO DE TURBACO????QUE VAINA,PARA EL MARRANO ES QUE EXISTEN LAS LEYES.PONGAN EJEMPLO BANDIDOS
2012-07-11
12:30 PM
estoy totalmente de acuerdo si ya preescribio esa deuda porque se le retiene, pero lo grave es porque se deja llegar a una deuda tan grande eso es una locura acaso no tienen un sistema para depurar estas deudas y lo chistoso es que a uno le cobran... sistematizacion jajajajaja
2012-07-11
12:24 PM
ESTO SOLO PASA EN COLOMBIA, ESTE SEÑOR SI SE LE PUEDE LLAMAR ASI NISIQUIERA DEBERIA TERNER LICENCIA DE CONDUCCIÓN, CON SEMEJANTE RECORD, DEBERIA TENER ORDEN DE CAPTURA, LO OTRO ES COMO UNA EMPRESA DE TRANSPORTE CONTRATA A ESTE TIPO DE INDIVIDUOS TAMBIEN DEBERIA RECIBIR UNA SANCIÓN EJEMPLAR POR ALCAHUETA.
2012-07-11
12:11 PM
prescripción de deudas por comparendos establecido en el artí[-- Censurado --] 26 de la Ley 1383 de 2010, las autoridades de transito son concientes y conocedoras de esta medida y si no se les pasa un derecho de peticion no lo hacen por su propia cuenta. deben implementar un mecanismo para que depuren estas deudas con mas de tres años de ocurridas y dejen de estar presentando balances falsos con deudas ya prescritas. colocan cobro COACTIVO y jamas han notificado al infractor.
2012-07-11
1:52 PM
Miercoles mi hermano estas mal….. La ley dice siempre y cuando no te han notificado, por eso existe una seccion de edictos y en algunas ocasiones sacan listados interminables de morosos en los diarios, es decir les notifican publicamente aunque tu no los lean esto corta los 3 años
2012-07-11
12:04 PM
Existen sanciones “administrativas” que consisten en reportar al deudor en las centrales de riesgos que contienen las historia crediticias de los deudores. El ministro de Transporte, Germán Cardona
Gutiérrez, afirmó que la prescripción de los comparendos impuestos por cometer
infracciones a las normas de tránsito, está autorizada por el Artí[-- Censurado --] 159 de la Ley
769 de 2002 o Código Nacional de Tránsito.
2012-07-11
11:58 AM
Existe la imposibilidad para el acreedor de las obligaciones civiles y comerciales de iniciar acciones penales tendientes a imponer sanciones de arresto o prisión por el mero incumplimiento de las mismas por parte del deudor, las acciones civiles idóneas para lograr de manera forzosa su cumplimiento, lo que envuelve obviamente, el derecho para el acreedor de pedir al Juez civil el decreto de medidas de embargo y secuestro sobre los derechos patrimoniales susceptibles de dicha medida,
2012-07-11
11:55 AM
Si el arresto es por sólo la deuda están cometiendo un grave error , violando el artí[-- Censurado --] 28 de la Constitución Política de nuestro país, el cual indica, en su parte final que “En ningún caso podrá haber detención, prisión ni arresto por deudas, ni penas y medidas de seguridad imprescriptibles.” hay que tener en cuenta tambien la prescripión de las deudas por infracciones con mas de tres años de causadas.
2012-07-11
4:39 PM
RAFA, LEE BIEN, FIJATE QUE EL ARRESTO ES POR POSIBLE FALSEDAD EN DOCUMENTO PUBLICO.
2012-07-11
4:35 PM
El arresto es porque el señor portaba una licencia de conducción falsa. Qué más quieres? Revisen la cantidad de multas que tiene el sujeto:
http://www.elheraldo.co/region/detienen-con-licencia-falsa-a-conductor-q...
2012-07-11
2:58 PM
En el caso de la prescripción la Circular precisa que de acuerdo con el Artículo
159 de la Ley 769 de 2002, modificado por el Artí[-- Censurado --] 26 de la Ley 1383 de 2010,
la prescripción en materia de tránsito se presenta cuando la administración no
inicia el proceso de jurisdicción coactiva dentro de los tres (3) años contados a
partir de la ocurrencia del hecho (ejecutoria del acto administrativo sancionatorio),
el cual se entiende interrumpido cuando se dicta mandamiento de pago.
2012-07-11
2:46 PM
MIRA RAFAEL DEJA DE ESTAR DEFENDIENDO A ESTOS TIPOS YA LOS CARTAGENEROS ESTAMOS M.A.M.A.D.O.S DE TANTO ANIMAL AL VOLANTE CON DEUDAS MILLONARIAS EN COMPARENDOS Y MUY CAMPANTES MANEJANDO SI ES QUE ASI SE LE PUEDE LLAMAR A ESO, SI TANTO TE DUELE LO QUE LE ESTA PASANDO PAGA TU LA DEUDITA QUE TIENE QUE ES PLATA QUE SIRVE PARA VER SI COMPONEN UN POCO LAS VIAS DE ESTA CIUDAD ASI QUE COMO DICE DIOMEDES DIAZ NO SEA TAN S.A.P.O, L.A.M.B.O.N Y ETC
2012-07-11
7:19 PM
Quiero que entiendan no lo defiendo sino que la ley es la ley y se le debe dar cumplimiento, por eso hice la salvedad : si es por deuda no pueden detenerlo, pero si es por presentar falsedad en documento público si se le debe dictar medida de aseguramiento. El titular del Universal es muy claro capturan a un conductor con deuda superior a 59 millones por multas
2012-07-11
11:50 AM
y como carajo que todavia esta manejado?