Regional


Fallo obliga a devolver la plata de alumbrado público

NIDIA SERRANO M.

06 de abril de 2011 12:01 AM

Un fallo del Consejo de Estado obliga al municipio de Montería y a la empresa recaudadora del servicio de alumbrado público a devolver 1.400 millones de pesos a los usuarios de los estratos cinco y seis de esta ciudad.
El fallo de segunda instancia se dio tras una acción popular impetrada por el abogado Fernando Corena quien recibió poder de un grupo de usuarios de los mencionados estratos.
Adujeron que el impuesto de alumbrado público se estaba cobrando por encima de lo legal, toda vez que hacían la liquidación con base en el valor total de la factura sin excluir el pago de los subsidios para los estratos más bajos.
El Consejo de Estado falló a favor de los usuarios y consideró “No se ajustan al ordenamiento jurídico las liquidaciones del tributo de alumbrado público realizadas por Electrocosta S.A. en las facturas del servicio público domiciliario de energía eléctrica prestado a los usuarios de los estratos 5 y 6 de los sectores industrial y comercial desde el mes de mayo de 2001 hasta la fecha”.
En la determinación condenó en forma solidaria al municipio de Montería y a Electrocosta, empresa que en el momento de la demanda recaudaba el servicio de energía, al pago de  mil 449 millones 564 mil pesos a título de indemnización de perjuicios materiales a los integrantes del grupo que se hayan constituido como parte del proceso.
Cabe anotar que en un fallo de primera instancia en el Tribunal Administrativo de Córdoba se falló en contra de los usuarios con el argumento que la acción popular no era el mecanismo idóneo para ese tipo de reclamaciones sino por la vía contenciosa administrativa.
Se conoció así mismo que ahora tienen que acogerse al fallo todas las personas de los estratos cinco y seis, así como del sector comercial e industrial.

Cobro de impuesto
Cabe anotar que el cobro del impuesto de alumbrado público fue fijado por el Concejo de Montería en el acuerdo número cuatro del 28 de diciembre de 1999.
La tarifa de la tasa de alumbrado público fue fijada por el equivalente al 15% del valor facturado por concepto de energía eléctrica.
El acuerdo señala además que para garantizar el recaudo oportuno el cobro podría hacerse a través de la empresa de energía. Sin embargo, esta entrega lo recaudado a la empresa Elec S.A.

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