A lo largo de mi vida profesional he tenido que lidiar con comentarios de distintas personas referidos a la dudosa reputación de quienes ejercemos el derecho. Es increíble el desprestigio cada vez mayor de mi carrera por el pésimo ejercicio de algunos colegas que han hecho casi una percepción general, que el abogado es pícaro, tramposo, deshonesto, corrupto e incluso ladrón. Algunos clientes, por ejemplo, han llegado a mí referidos por mis estudiantes o antiguos clientes después de haber tenido una experiencia muy negativa con otros colegas, quienes al parecer pasan por la vida de muchos dejando más problemas que soluciones. “Doctora, le pagué y se desapareció” o “cobró el proceso y no me pagó”, entre otros lamentos he tenido que escuchar. Sin mencionar los que siendo mis contrapartes, los he visto asesorar a sus clientes con falsas ilusiones de obtener dinero con fundamentos mentirosos, así como agudizar las rencillas, solo por alargar procesos judiciales y cobrar por cada trámite. Tengo que aceptar, que tal vez tengan razón quienes dicen que algunos “han estudiado derecho para vivir de los torcidos”. Por ello, muchos vimos con esperanza la creación de la Comisión Nacional de Disciplina Judicial en el 2015, como un esfuerzo renovado de vigilar la conducta y sancionar las faltas de los abogados en ejercicio de su profesión, así como a los funcionarios y empleados de la Rama Judicial; que en todo caso dada la normatividad vigente se ha quedado corta para lograr la reparación de las afectaciones causadas por la mala practica de algunos colegas. Solo el año pasado fueron sancionados 1.791 abogados y 49 servidores de la justicia, y aunque fueron investigados por diversas conductas, una muy común es la apropiación de los dineros de los clientes. Por lo que el presidente de la Comisión plantea crear legalmente la posibilidad no solo de sancionar a los abogados; sino de ordenar la devolución de los dineros o los bienes de los que se han apropiado. Actualmente, si un abogado toma unos dineros de su representado y se los apropia, se puede buscar la reparación o indemnización a través de la denuncia penal o la acción civil, según el caso; pero no en el marco de la acción disciplinaria. En ese sentido, esta propuesta de reforma aunque parece muy necesaria, dada la agilización en la recuperación del dinero, creo que desvirtúa la finalidad del derecho disciplinario que es “garantizar la correcta prestación del servicio de la abogacía” y no resolver conflictos patrimoniales; e incluso podría eventualmente considerarse una reforma inconstitucional. Ya veremos cómo avanza esta iniciativa esperando que el sistema permita acercar cada vez más la justicia al ciudadano.
*Abogada con especialización en Derecho Constitucional y magíster en Derecho con énfasis en Derecho Empresarial y Contractual.
