La Constitución Política de 1991, como norma suprema en un Estado Social de Derecho, en sus principios, garantiza derechos, libertades y bienestar a sus habitantes, así como la organización institucional para tales efectos.
El funcionamiento deficiente de la exigibilidad de los derechos constitucionales, por cuenta de congresistas de la ultraderecha que se oponen a las reformas sociales, contribuye de manera directa a la dificultad de consolidar la justicia y la paz (Artículo 22 de la Constitución).
Dado que Colombia ha sido concebida como un Estado Social de Derecho, este eje conceptual y definitorio demanda ajustes normativos e institucionales urgentes en el contexto actual, aplicando el artículo 1 de la Constitución de 1991, prevalencia del interés general.
Del mismo modo, algunos aspectos específicos del devenir constitucional muestran la necesidad imperiosa de acudir a la reforma constitucional para materializar este modelo y, con ello, hacer realidad los derechos de todos los habitantes del país.
El llamado de las centrales sindicales CUT, CGT, CTC, pensionados CPC, CDP, busca sumar voces en respaldo al gobierno del cambio y promover un debate nacional sobre el respeto a la soberanía, independencia judicial y fortalecimiento democracia.
Los mandatos del Estado Social de Derecho no pueden depender del devenir político, son obligatorios, de inmediato cumplimiento, garantizan la capacidad ciudadanos de agenciar sus derechos y actuar como sujetos plenos.
A pesar de la competencia de la Asamblea Nacional Constituyente para modificar el texto constitucional, la Corte Constitucional ha mencionado la existencia de algunos límites que incluso en estos casos deben respetarse, incluido el principio de no regresividad.
En ese orden de ideas, la Asamblea tendrá varios límites, no podrá revocar al Congreso, no podrá ir en contra de los compromisos previos en materia de tratados internacionales sobre derechos humanos y el DIH.
Deberá respetar las normas del Ius Cogens, tendrá prohibido generar retrocesos en materia de derechos fundamentales y tendrá que acatar el respeto al principio de progresividad y no regresividad en derechos sociales.
Respaldamos al presidente Gustavo Petro frente a lo que calificó como una serie de agresiones internacionales y desafíos a la democracia colombiana, participaremos activamente recolección firmas para una Asamblea Nacional Constituyente.
El llamado a los ciudadanos que son abstencionistas, a los jóvenes, al voto de conciencia para apoyar masivamente a los candidatos alternativos el 8 marzo 2026, para hacer una realidad con una mayoría progresistas la Constituyente.
*CUT Bolívar.

