Columna


Indefinición y conflicto

RAFAEL VERGARA NAVARRO

26 de agosto de 2017 12:00 AM

El conflicto entre miembros del Consejo Comunitario de La Boquilla y los socios del Hotel Las Américas no es el primero ni será el último. Tampoco lo son las diferencias con la Capitanía y su jurisdicción, dado que este desarrollo empresarial se consolidó sobre espacios de Ciénaga de La Virgen que el Anillo Vial, al cortarla, transformó y posibilitó su parcial urbanización. De un lado quedó el mar y espacios que vendió Edurbe, y del otro, en la margen derecha, la Ciénaga y manglares que sobreviven a la drástica intervención formal o informal.

Valga anotar que el Código de Recursos Naturales (1974), de acuerdo con normas superiores, ratificó que los cuerpos de agua y zonas de bajamar son bienes de la Nación están fuera del comercio, y según el artículo 63 de la Constitución son intransferibles, inembargables e imprescriptibles.

Según la naturaleza del bien, el Estado fijó límites de uso regulando o deteniendo la expansión de negocios sobre áreas que se reserva y que históricamente, por la dinámica del capital, son cuestionados o controvertidos con títulos formados con prescripciones, compras o a la brava.

El conflicto actual precisamente se desató por un video que el médico, Benjamín Luna, publicó en redes acusando al Hotel Las Américas de apropiarse del espacio del Centro de Convenciones y de la Boca de Parrao, cercando el cuerpo de agua que llegaba al mar.

En El Universal el señor Araujo e Inversiones Talarame afirmaron tener justo título de propiedad del Centro de Convenciones y Cielo Mar por adjudicación que hiciere el Distrito en 1845 a Manuel Román y Picón. Advirtieron de la entrega de pruebas al Estado y del inicio de acciones “en contra las personas que lesionaron la honra y buen nombre del doctor Alberto Araujo”.

No pretendo lo anterior y, con respeto, afirmo que si bien existen títulos y la Curaduría dio el permiso de construir al existir la matrícula 060-1798-18 y la Escritura 593 de Marzo 8/ 2000, el capitán de Puerto en oficio 0664 de marzo del 2005, cuestionó y reprendió al curador por no consultar la viabilidad del Centro de Convenciones de las Américas.

En esa fecha informó al gerente del Hotel la necesidad de realizar “el informe técnico de jurisdicción y verificar las áreas del bien de uso público y terrenos bajo jurisdicción de Dimar, posiblemente ocupadas por el proyecto”. Y dio inicio a “la investigación administrativa por presunta ocupación ilegal del bien de uso público y terrenos sometidos a su jurisdicción”.

Difícil aceptar que un particular en una zona de tanto conflicto de ocupación pueda, sin reacción, asumirse como dueño de un cuerpo de agua y cercarlo. La expansión empresarial, independiente del título que posea, tiene que valorar las regulaciones y autoridades existentes en el territorio.

No hay derecho a que 12 años después de haber abierto la investigación la DIMAR no haya definido impidiendo, con su inacción, superar este conflicto.

La expansión empresarial, independiente del título que posea, tiene que valorar las regulaciones y autoridades existentes en el territorio.

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