Columna


Los derechos de las comunidades negras

ALCIDES ARRIETA MEZA

22 de noviembre de 2013 12:02 AM

Las fuentes reales del Derecho son los fenómenos sociales, económicos y culturales que acontecen  en las sociedades, causa de su consagración. Para el caso de  nosotros los descendientes africanos, en América, es la historia de la cacería humana de que fueron víctimas nuestros ancestros africanos esclavizados por los europeos.

Esta realidad histórica, es base y soporte del derecho étnico, las violaciones a toda forma de  vida humana, narrados  por la investigadora Trinidad Tuttolomondo, en el ensayo Pasado  y presente en la Esclavitud Africana, al señalar : “El trafico negrero se realizaba a través de factorías que rodeaban el continente africano, en un primer momento realizado por piratas y comerciantes  y navegantes particulares, y a partir del siglo XVIII ejercido  por grandes compañías. Los africanos eran capturados en el interior o  a lo largo de la costa  actividad que dejaba infinidad de muertos y heridos.”

Estos antecedentes fácticos, historia de la barbarie legalizada, de las torturas infinitas, de los genocidios contra nuestras familias africanas, terror que sigue describiendo la ensayista al señalar: “Estos encadenados eran traslados hasta los barracones, en sitios sucios, pestilentes, el agua potable  escaseaba, el calor ahogaba, obligados a vivir con las enfermedades, el maltrato, la sed, el hambre, el dolor, el pánico lo inundaba todo, los enfermos o heridos que corrían el riesgo de no venderse eran arrogados al mar”, hechos que son la base actual del racismo, la discriminación, la exclusión económica, social  de las comunidades negras en Cartagena.

En ese orden de ideas, el plan de desarrollo  del Distrito de Cartagena,  con enfoque diferencial, y la obligatoriedad de la consulta previa y del consentimiento informado de las comunidades afrocartageneras, establecido en varios tratados  e instrumentos  internacionales, reconocido por  las altas cortes  en forma reiterada, es  apenas el principio  de la reparación colectiva  y de los derechos negados  desde el Estado  colombiano, de lo cual  no es dable sustraerse.

El Derecho ancestral de las comunidades negras, raizales y palenqueras es una realidad incontestable, su observancia es imperativa, son parte la estructura del régimen jurídico colombiano, y del derecho internacional, reconocimiento para el logro de la justicia material, cuyos efectos aún persisten, no obstante la eliminación formal de la esclavitud, de allí las acciones positivas de las comunidades afrocarageneneras.

Cartagena, patrimonio histórico del cimarronaje, territorio de la luchas de Benkos Biojó, héroe y memoria de la dignidad africana, consciente que el Estado Natural de la libertad es la rebeldía,  reivindica con el ejericicio de nuestros derechos, a nuestros ancestros.

Por ello el empoderamiento y reclamo que los líderes y la comunidad negra del Distrito de Cartagena,  vienen  realizando  en procura de la vigencia del Estado Pluriétnico y social de Derecho, está legitimado en la historia, reconocido en el derecho  trasnacional e interno, y nos corresponde hacer visible,  lo que por siglo y décadas  ha sido invisible.

Profesroalcidesarrieta77@yahoo.es

 

 

 

Comentarios ()

 
  NOTICIAS RECOMENDADAS