Columna


Emergencia Social: verdades y mentiras

REDACCIÓN COLOMBIA

20 de marzo de 2010 12:00 AM

ÓSCAR RODGERS

20 de marzo de 2010 12:00 AM

Creo que la emergencia social será declarada inconstitucional. El magistrado Jorge Iván Palacio presentó ponencia negativa, pero hay mentiras y verdades callejeras relacionadas con esta determinación: 1º El problema de Salud no es nuevo, no es una urgencia. 2º Las soluciones, en general, violan la Constitución y no solucionan el conjunto de problemas de la Salud. 3º La Salud, desde la Ley 100, se mueve por tutelas, ante la negativa permanente de las entidades de Salud. 4º El poder Judicial es entonces el que maneja la Salud en el país. 5º La anterior es la falla mayor del Ministerio, Gobierno y Congreso, y su sustitución por el poder Judicial. Se demuestra también que el país tiene el mejor sistema judicial del mundo. 6º Por el gran número de tutelas, la Corte ordenó al Gobierno acciones para disminuirlas, entre ellas nivelar los POS. 7º El Gobierno desobedece y trata de nivelar los POS por debajo, no por arriba. Es un precedente malo que no aceptará la Corte. 8º No se puede resolver el problema sino de forma integral, mencionando a otros que también intervienen, como la industria farmacéutica. 9º A esta industria se la tenía en libertad vigilada de precios hasta hace 7 años y en este Gobierno se pasó a la libertad total, sin control. Subieron los precios de los insumos y hay drogas que cuestan más que en los Estados Unidos. 10º Las drogas e insumos hospitalarios son 65% de los gastos intra y extra hospitalarios, pero nadie se mete con estas industrias porque contribuyen a las campañas para Senado y Cámara, y principalmente, a las presidenciales. Hay drogas que aumentaron 500% en estos 7 años y ni se menciona dentro de los gastos excesivos. 11º Las EPS e IPS aumentan anualmente los precios por el índice de precios al consumidor. A los empleados y médicos se les aumenta lo que ordena el Gobierno para los asalariados. ¿Cuánto aumentan los insumos hospitalarios, sobre todo las drogas? Los precios suben cuando le da la gana a la industria farmacéutica. 12º La Ley de Ética Médica (Ley 23 de 1981) es preciosa. Abarca todo el accionar médico y es producto de las instituciones medico científicas de Colombia y por ello, es una obra maestra. 13º El artículo 7º de la Ley 23 de 1981 dice: “El médico tiene derecho a recibir remuneración por su trabajo, lo cual constituye su medio normal de subsistencia. Es entendido que el trabajo o servicio del médico solo lo beneficiará a él y a quien lo reciba. Nunca a terceras personas que pretendan explotarlo comercial o políticamente”. ¿Se puede hacer medicina sin médicos? ¿Acaso las EPS e IPS no son entidades comerciales? 14º Multar a un médico por tratar a un paciente como ordena la ley de ética médica, con las acciones, procedimientos, drogas y elementos correspondientes a su enfermedad, va en contra del derecho a la salud de todo colombiano y pone en peligro la medicina. ¿Alguna vez se sabrá de qué mente “privilegiada” salió esta “hermosa” idea? Estas son algunas razones para que la Corte Constitucional juzgue como barbaridad lo que se trató de hacer bajo el amparo de una Emergencia Social que no hizo el estudio que debió hacer y dejó por fuera de las soluciones a las instituciones científicas constitucionalmente consultoras en estos casos. Dios salve a Colombia de los malos consultores de la Salud. *Médico Ginecólogo y ex catedrático de la Universidad de Cartagena

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