Columna


La Salud en emergencia

RUDOLF HOMMES

31 de enero de 2010 12:00 AM

RUDOLF HOMMES

31 de enero de 2010 12:00 AM

Los decretos de emergencia social del viernes antepasado no fueron recibidos bien. La Academia Nacional de Medicina y la Asociación Nacional de Comunidades científicas rechazaron estas normas sin dejar dudas de la reacción negativa de la comunidad médica, que se siente maltratada progresivamente desde la expedición de la Ley 100, de 1993. Ahora siente que el Gobierno interfiere seriamente y limita a los médicos para atender bien a sus pacientes. Por eso, exigen que los decretos sean derogados. Quizás no se llegue a eso porque la Corte Constitucional está atenta, en primer lugar porque uno de los requisitos que debe cumplir el Gobierno para una emergencia social es que responde a una situación imprevista, y esta se preveía desde hace rato. El sector salud es una bomba que puede explotar en cualquier momento, con consecuencias serias en la salud pública. Se necesitan mayores recursos y el público y los jueces abusaron de la capacidad del sistema para atender los problemas básicos de salud, y extendieron el alcance de lo que obligatoriamente deben atender los proveedores de servicios de salud, mucho más allá de lo que puede financiar el sistema en su conjunto o las instituciones y entidades en forma individual. Adicionalmente, los pagos del Gobierno a estas entidades a través del Fondo de Solidaridad y Garantía (Fosyga) no se reciben oportunamente y el fondo les debe sumas billonarias, parte de las cuales no pagará nunca. Los decretos de emergencia social tratan de definir los servicios que obligatoriamente debe proveer el sistema de salud, y la financiación para atenderlos. Quizás el problema de fondo es que no hubo una discusión pública, ni el tiempo para meditar y discutir su alcance, lo cual provocó una reacción agresiva, como la de la comunidad médica, que no pudo expresarse antes de que se expidieran las medidas. La Constitución de 1991 le concedió al gobierno de entonces facultades transitorias para expedir una reforma tributaria por decreto. Estas facultades no se aprovecharon porque Gaviria, con muy buen sentido, conceptuó que una reforma tributaria no se debe hacer sin contar con el Congreso. En efecto, uno de los aspectos más criticados de estas normas de emergencia social han sido los nuevos impuestos creados. No puedo hablar sobre el de la cerveza, pero no estoy impedido para discutir el de los cigarrillos, que fue reformado de una manera caprichosa, sin atender argumentos de los afectados. Las nuevas normas redujeron sustancialmente los impuestos para los cigarrillos caros, que son los importados, y aumentaron radicalmente el impuesto a los cigarrillos populares, que son los de producción nacional. Los ricos pagarán menos por su vicio y los fumadores pobres, más, y son los que financiarán el fondo que subsidiará los servicios excepcionales. El importador de cigarrillos que no los produce en Colombia, ni consume tabaco nacional, está muerto de la risa y pagó avisos para apoyar las medidas. ***** Un sondeo de opinión de Datexco indica que si la Corte Constitucional autoriza el referendo, 47 por ciento de los encuestados votaría el referendo y 43 por ciento no lo haría. Si esto sucede, no habrá reelección. rhommesr@hotmail.com

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