Es difícil imaginar una sociedad que pueda prescindir de la sanción. Nos resulta obvio que la respuesta adecuada a una infracción de tránsito sea la imposición de una multa; que la comisión de un delito tenga como consecuencia una pena; y que las travesuras de niños y jóvenes deban corregirse con algún tipo de reprensión. Es innegable que la sanción es un mecanismo eficaz para moldear la personalidad humana, incentivar comportamientos sociales y desincentivar otros mediante la generación de expectativas ciertas de que algunos actos serán premiados y otros condenados. El castigo adecua –para bien o para mal- las inclinaciones y deseos humanos a patrones sociales de conducta, privilegiando la racionalización de las acciones del hombre, y desechando muchas veces los impulsos e instintos humanos más primarios. Aunque parezca simple, la naturaleza de la pena es la de ser contraria a la voluntad y al querer de su destinatario. Cuando a alguien le sucede lo que quiere no está siendo sancionado, pues sólo puede haber castigo cuando un tercero decide afectar la integridad y el patrimonio de una persona, sin contar con su consentimiento para hacerlo. Cuando se sanciona se cercena la voluntad del individuo por haber desplegado una conducta socialmente reprochable. La pena puede tener varias finalidades: que el infractor retribuya el mal que le ha causado a la sociedad; o la de disuadir a los demás de cometer los mismos actos reprobables. Sea que con la sanción se quiera castigar al infractor por sus actos, o prevenir que otros lo imiten, no debe perderse de vista que la comisión de una falta debe ser la condición necesaria y suficiente para la imposición de un castigo, y que para que éste sea justo debe ser proporcional a la infracción cometida. De lo contrario, se caería en el utilitarismo más absurdo: castigar a un inocente, o a un culpable en forma desproporcionada, con tal de desincentivar comportamientos sociales semejantes. Ahora bien, el no sancionar en forma justa a quien sea declarado legalmente responsable de una falta, puede terminar distorsionando la ética pública, con el consiguiente envío de un mensaje confuso a la ciudadanía. Esto, porque los ciudadanos deben tener claro cuál es el costo de evadir las normas y no sólo las ventajas de transgredirlas. El comportamiento social no debe ser el producto de los impulsos y emociones del momento sino el reflejo de la racionalidad expresada en la ley. La impunidad es la negación de los fines del castigo. De no sancionarse al infractor declarado responsable, éste no sufrirá ninguna consecuencia adversa por sus actos y abundarán quienes estén dispuestos a imitarlo. Con la comisión de una falta se alteran las condiciones de existencia de un grupo social. Cuando alguien rompe las reglas que regulan el comportamiento de los hombres toma una ventaja injustificada frente a la ciudadanía, modifica los acuerdos y cambia la relación de fuerzas permitida. El régimen sancionatorio es un mecanismo eficaz para restaurar el equilibrio social perdido, disuadir a la ciudadanía de cometer actos prohibidos y garantizar que éstos no vuelvan a repetirse. *Abogado y periodista tiradojorge@hotmail.com
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