Si la atención integral en salud física es algo crítico en nuestro país, empezando con la falta de prevención y terminando con la imposibilidad de acceder a las terapias más complejas y costosas, la atención en salud mental es catastrófica y las EPS no parecen considerarla como un área a la que deben poner tanta atención como a los trastornos corporales, sobre todo teniendo en cuenta que pueden contribuir a causarlos o agravarlos en grado sumo.
En 1998, el Gobierno lanzó la Política Pública de Salud Mental que, según el psicólogo y profesor de la Universidad Nacional Carlos José Parales, “presentó dificultades en su implementación, en buena parte por la falta de voluntad política”, lo que llevó al Congreso a tramitar el año pasado la Ley 1616, que ajusta la iniciativa de 1988, pero que no ha sido suficientemente conocida y aplicada en todos los ámbitos donde hay las enfermedades o padecimientos mentales.
Una de las mayores dificultades para que los trastornos mentales sean atendidos a fondo y los tratamientos aplicados con rigurosa continuidad es la vergüenza que generan entre la comunidad, principalmente por el desconocimiento y el miedo que suscitan prejuicios discriminatorios, por lo que el grupo multidisciplinario que redactó la Ley 1616 de 2013 se cuidó de establecer pautas de manejo que fijaran la idea de que los problemas mentales no sólo comprenden las afecciones graves de demencia, sino hasta el más leve desequilibrio emocional vinculado al estrés y la tensión.
Un principio importante que se formuló en la política de 1998, y se fortaleció en la Ley 1616, y sobre el cual enfatiza especialmente el psicólogo Parales en un artículo publicado en la edición 180 de UNPeriódico, un medio que reseña las investigaciones de la Universidad Nacional, es que debe entenderse la salud mental como la posibilidad de realizarnos integralmente como personas, aprovechar nuestras capacidades y formar parte de grupos sociales que nos acepten y valoren, y no solo como la ausencia de trastornos mentales.
Es importante que sea entendido este concepto que le atribuye a la salud mental el significado de satisfacción con la vida, integración social y posibilidades de mejora profesional y personal, pues en el contexto que se ha manejado siempre de la falta de padecimientos específicos como la depresión, la esquizofrenia, la psicosis, entre otros, inevitablemente nos conduce a estigmatizar los problemas mentales, que hacen difícil y vergonzoso su tratamiento.
La Ley 1616 considera en su Artículo 1 que la salud mental es un derecho de la población colombiana, de manera que la actitud de todos los actores del sistema de salud debe ser garantizar ese derecho, sin esgrimir excusas de la irresponsabilidad de los pacientes cuando sus padecimientos tengan que ver con alcoholismo o drogadicción.
Aplicar plenamente la Ley 1616 contribuirá a reducir flagelos que afectan a nuestra sociedad como el suicidio, la violencia de pareja y de género, y la agresión, entre muchos otros.
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