Editorial


Qué predicamento

“Los actuales concejales tienen plazo hasta el 31 de enero para adoptar alguna de estas tres alternativas frente a los respectivos alcaldes: declararse en oposición (...)”.

EL UNIVERSAL

19 de enero de 2020 12:00 AM

Tal como lo han hecho ver varios observadores políticos a nivel nacional, y más recientemente el cartagenero Andrés Betancourt, los actuales concejales tienen plazo hasta el próximo 31 de enero para adoptar alguna de estas tres alternativas frente a los respectivos alcaldes: declararse en oposición, declararse como independientes, o reconocerse como bancada de gobierno. Así lo precisa la Ley 1909 de 2018 por la cual se adoptó el Estatuto de la Oposición Política.

En efecto, esta ley estatutaria establece el marco general para el ejercicio y la protección especial del derecho a la oposición de las organizaciones políticas y otros derechos de las organizaciones independientes, entendiéndose como tales a los partidos y movimientos políticos con personería jurídica.

Según la normativa, debe entenderse como Gobierno no sólo al nacional, a cargo del presidente de la República, también a las administraciones departamentales, distritales y municipales, encabezadas por los respectivos gobernadores y alcaldes.

Siendo ello así, no sólo en el Concejo Distrital de Cartagena de Indias, sino en la Asamblea de Bolívar, las organizaciones políticas serán protagonistas en los próximos días, de las manifestaciones de voluntad de los diputados y concejales agrupados en sus correspondientes movimientos y partidos políticos, si es que no lo han hecho, en cuanto a cuál de las tres opciones escogerá cada organización en torno de sus relaciones para con el gobernador Blel Scaff y el alcalde Dau Chamatt, repectivamente.

Aun cuando para un parroquiano despistado pudiera parecer un asunto formal o de mero trámite, el fondo del objeto de la ley resulta trascendente, pues procura garantizar el derecho a la participación política como eje consolidador de la democracia y, sobre todo, del debido respeto a las opiniones contrarias, que hacen viable la participación en las decisiones políticas a quienes piensan diferente.

Para el caso de Cartagena, por ejemplo, algunos concejales han manifestado su incomodidad con actitudes que consideran agresivas o irrespetuosas por parte de miembros de la actual administración, y su deseo de no llegar a una situación en la que los pongan en el predicamento de tener que declararse en oposición al alcalde Dau.

Pues resulta que una de esas tres opciones deben tomarla en los próximos días, por orden de la Ley 1909, porque en caso de no hacerlo procederán las sanciones previstas en la Ley 1475 de 2011 para los partidos y movimientos políticos, que van desde la privación de la financiación estatal, pasando por la suspensión de personerías jurídicas, hasta la disolución de la respectiva organización política, dependiendo de la gravedad de la falta.

De manera que no es una potestad de libre disposición el adoptar una de estas alternativas, sino un mandato imperativo que no deberán eludir diputados y concejales. Y esto está bien en la medida que le dará mayor transparencia a las relaciones entre nuestros mandatarios.

¡Parece que el predicamento les llegó demasiado pronto!

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