Política


Ediles municipales del país se quedaron sin salarios

Los ediles municipales tendrán que esperar para devengar honorarios por sesionar.

El presidente Juan Manuel Santos objetó una iniciativa de ley que autorizaba remunerar a los miembros de Juntas Administradoras Locales, cuyos autores fueron los senadores Doris Vega y Enríquez Maya.

Los congresistas se mostraron en desacuerdo con la decisión presidencial y anunciaron que cuando el Congreso inicie sesiones ordinarias, a partir del 16 de marzo, tendrá la potestad de decidir si acepta o no esa objeción presidencial.

La senadora Doris Vega, de Opción Ciudadana, se pronunció desconcertada y lamentó que el Gobierno nacional haya tomado esta decisión.

“La iniciativa está enfocada en reconocer esa labor loable y meritoria que cumplen los ediles, en pro de vigilar la prestación de los servicios y las inversiones en sus localidades, además rescata el derecho a la igualdad, en este caso a funcionarios pertenecientes a una corporación pública”, dijo la Senadora.

Por su parte, el senador conservador Eduardo Enríquez Maya manifestó que la decisión del Gobierno nacional es respetable, pero a su vez lamenta que no se haya tenido en cuenta un reconocimiento mínimo a los derechos que tienen estos servidores públicos.

“Es inconstitucional”: Santos

En un documento dirigido al Congreso, el presidente Juan Manuel Santos argumenta que la objeción de inconstitucionalidad, presentada ante los honorarios de los ediles, tiene que ver con el artículo 2 que modifica y adiciona el artículo 42 de la Ley 1551 de 2012, “donde se vulneran los artículos 287 y 362 de la Constitución, que desconoce el derecho que tienen las entidades territoriales para administrar sus recursos, particularmente sus ingresos tributarios y no tributarios”. Además, dice el Gobierno Nacional que la iniciativa “no satisface los requisitos que exige la jurisprudencia, para considerar la intervención del Legislador en la destinación de los recursos que son propiedad de los municipios”.

Más gastos municipales

El Gobierno, explica que “la remuneración de los ediles implicaría nuevos gastos de funcionamiento para los municipios, y además que el impacto fiscal que genera el proyecto de ley tiene repercusiones para los presupuestos locales. Sin embargo, aduce el ejecutivo que el reconocimiento a la labor de los ediles puede efectuarse mediante otro tipo de medidas, que sí resulten respetuosas de la autonomía territorial de los municipios”.

Respecto a la objeción de inconveniencia, según el Gobierno la iniciativa genera un impacto fiscal negativo, pero no lo precisa; señala adicionalmente que no es conveniente crear nuevas obligaciones a los municipios sin antes verificar cuáles son las condiciones materiales y las fuentes de financiación que les permitirá cumplir lo advertido en la ley.

“No nos cobija”: Edil de Cartagena

Por su parte el edil de la Localidad 3 Industrial de la Bahía, Carlos Manuel Jiménez, explicó que la objeción presidencial no afecta su actividad ni sus honorarios.
“De acuerdo al Decreto 0581 y a la Ley 1617 o de Distritos, siendo Cartagena un Distrito especial, los ediles devengamos unos honorarios”, explicó Jiménez.
El edil dijo que el proyecto objetado por Santos “buscaba reconocer el trabajo de los colegas en los municipios, y es lamentable que haya tenido un revés esa iniciativa”.

La figura del edil

En Bolívar varios municipios como Turbaco, Arjona, Magangué, entre otros tienen, Juntas Administradoras Locales (JAL), que son las corporaciones que conforman los ediles.

En Cartagena la figura del edil empezó a utilizarse sin salario después de la Constitución de 1991. Con la aprobación de la Ley de Distrito 758, Cartagena se dividió en tres localidades y en cada una de esas jurisdicciones empezaron a operar las JAL, cada una con 27 ediles.

Funciones de los ediles

Los ediles aspiran a ese cargo en las elecciones regionales en las que también se vota por alcaldes, concejales, diputados y gobernadores. Un edil tiene un periodo constitucional de 4 años. En Cartagena durante el año, un edil ejerce su función en 4 periodos de dos meses de 35 sesiones cada uno.

Devengan un salario por sesión correspondiente a un porcentaje del salario del alcalde local de la jurisdicción a la que pertenecen. En el caso de Cartagena un edil está en promedio en 4 millones de pesos por periodos sesionados. Dentro de las funciones que ejercen los ediles están las de control político, la de aprobar el Plan de Desarrollo Local, que es un documento en el que están descritos todos los proyectos locales, como canchas, parques, obras de infraestructura, cuyo presupuesto ejecutará el Distrito. También por la Ley de Distritos, cada localidad tiene un presupuesto estimado de 10 mil millones de pesos en el Fondo de Desarrollo Local, el cual estos servidores deben determinar en qué se invertirán.

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