Política


JAC que no eligieron sus dignatarios, podrán hacerlo en dos meses

EL UNIVERSAL

06 de mayo de 2016 06:02 PM

Mediante la resolución 2496 del 27 de abril del presente año, la Secretaría de Participación y Desarrollo Social autorizó para que las organizaciones comunales  que no realizaron la elección de sus dignatarios  el pasado 24 de abril, puedan  llevar a cabo este proceso en el  término de 2 meses,  a partir del momento que sean notificadas de esta resolución.

Así las cosas, todas aquellas Juntas de Acción Comunal  que  no realizaron  el proceso eleccionario en los términos establecidos por la ley, tendrán  una nueva oportunidad para que elijan las personas que  tomarán el rumbo de sus comunidades durante 4 años.

Las organizaciones que estén interesadas en realizar sus elecciones  deben solicitar el permiso ante la Unidad de Asuntos Comunitarios de la Secretaría de Participación, quien luego de estudiar  el motivo por el cual  no realizaron sus elecciones en  los términos fijados por la ley, decidirá si le otorga o no  el permiso a la junta solicitante.

La inspección, control y vigilancia de este proceso de elecciones comunales será  del resorte  de la cartera social del distrito de Cartagena.

Hasta la fecha, más de 150 Juntas de Acción Comunal  de las tres localidades de la ciudad han solicitado y se les ha autorizado para que realicen sus elecciones.

En estas elecciones  se elegirán  presidente, vicepresidente, secretario y tesorero, esto en lo que respecta a  al nivel directivo. Además del fiscal, tres conciliares, tres delegados y las personas que integrarán las comisiones de trabajo.

Sanciones a juntas comunales que  no realicen sus elecciones

Los organismos comunales  que sin justa causa no realicen la elección dentro del término  fijado en la presente resolución,  mediante la cual se otorgó permiso para elegir sus dignatarios por fuera de los términos legalmente establecidos, se les impondrán  las siguientes sanciones: suspensión del registro hasta por 90 días  y desafiliación de los dignatarios y afiliados.

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