Política


"Mi nombramiento como gerente de la ESE es legítimo": Roque Bossio

REDACCIÓN POLÍTICA

18 de marzo de 2017 12:00 AM

El gerente de la ESE Hospital Local Cartagena de Indias, que administra la red pública de centros de salud y hospitales locales en el Distrito, expresó a El Universal que su nombramiento se dio bajo un decreto oficial regido por la ley.

En visita a este medio, Roque Bossio manifestó que su nombramiento se ajusta a la legalidad porque: “La Ley 1797 de 2016, en su artículo 20 habla del mecanismo para proveer los cargos de gerentes de las Empresas Sociales del Estado (ESE), y con ello se le otorga la discrecionalidad al alcalde para nombrar al gerente siempre que cumpla unos requisitos, como la experiencia, la formación académica, las competencias tras unas pruebas que lo evidencien, para asumir el cargo de gerente de la ESE”.

Explica que tras esa discrecionalidad, se produce el decreto de nombramiento y el 22 de diciembre de 2016 el alcalde Manolo Duque lo nombra en propiedad hasta el 21 de marzo de 2020.

“Así fue que llegué, el alcalde elige mi hoja de vida, me hacen unas pruebas de acuerdo a lo que la función pública recomienda”, dice.

Apuntó que es odontólogo de profesión, especialista en servicios de la salud, candidato a magister, exsecretario de Salud de Maríalabaja; y gerente por varios años de entidades de salud. Cree que esa experiencia influyó para su nombramiento.

Bossio recordó que la ESE Hospital Local venía de una alternancia de encargos desde que la exgerente Verena Polo salió del mismo. Tras ella el alcalde encargó a Álvaro Ruíz y después a Mónica Jurado.

Sobre un fallo del Tribunal Administrativo de Bolívar que ampara una medida cautelar en favor de la exgerente Verena Polo, quien reclama derechos para reintegrarse, advierte que: “Yo no he sido notificado de esa decisión”. Asesores jurídicos de Bossio manifestaron que la tutela no era procedente en el caso de Polo para pretender devolverle el cargo por un segundo periodo.

Análisis jurídico

Asesores jurídicos de Bossio apuntan a que habría un exabrupto jurídico en la intención de la exdirectora de la ESE, Verena Polo, de volver a esa entidad, de la cual salió hace más de un año.

“La tutela solo procede cuando el afectado no posee otro medio de defensa judicial, caso que no es el de Verena Polo, pues todavía está pendiente el fallo de primera instancia y una apelación ante ese mismo Tribunal y la eventual revisión ante el Consejo de Estado, luego no resulta viable el amparo, pues la afectada contaba con otros mecanismos de defensa”, aseguran.

Dicen que lo que advierte el Magistrado de que a la afectada se le violó el debido proceso y que está pendiente por resolver una apelación, no es procedente porque  “Polo si tiene otros mecanismos de defensa que están pendiente que se surtan, lo que demuestra que el fallo podría tener visos de prevaricato”.

“El fallo ordena darle trámite al recurso de apelación que había sido desistido por la Alcaldía, es decir, mediante fallo judicial vuelve irrevocable y resucita un recurso desistido, gran innovación en la historia del derecho colombiano y quizás universal”, advierten.

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