Política


Por Consulta, ley seca será del sábado al lunes, como siempre

Este domingo 26 de agosto los colombianos habilitados para votar podrán participar en la consulta popular anticorrupción. En la tarjeta electoral los votantes encontrarán siete preguntas a las que deberán responder con un sí o un no. Como en todo evento electoral las autoridades territoriales emitieron decretos reglamentarios. Uno de ellos es el de la ley seca, que regirá en Cartagena.

La administración distrital emitió el Decreto 0948, que dicta las medidas para la conservación del orden público con ocasión de la consulta popular.

Aunque gremios de comerciantes como Fenalco solicitaron a la Presidencia que la restricción empezara desde el mismo domingo, día de la jornada electoral, la petición no prosperó, y por lo menos en Cartagena empezará desde el sábado.

De esta manera, la prohibición de venta y consumo de bebidas embriagantes y alcohol empieza a las 6 de la tarde del sábado 25 de agosto y termina a las 6 de la mañana de lunes 27.

La restricción también prohibe la circulación de vehículos de transporte de escombros, chatarras, gas propano, y mudanzas; la puesta en funcionamiento de equipos de sonido tipo picó, la realización de eventos o espectáculos públicos y la venta de artículos pirotécnicos, en ese mismo periodo de tiempo.

Habilitados en Cartagena
En el departamento de Bolívar hay 1.560.688 ciudadanos habilitados para votar, y más de 750 mil electores corresponden al Distrito de Cartagena.

Los puestos de votación a los que podrán acudir los cartageneros son los mismos que se dispusieron para la última jornada electoral presidencial, cerca de 70 puestos electorales.

¿Cuántas personas tienen que votar ?
La consulta popular será aprobada cuando la pregunta haya obtenido el voto afirmativo de la mitad más uno de los sufragios válidos, siempre y cuando haya participado no menos de la tercera parte de los electores que componen el respectivo censo electoral.

El censo electoral para la consulta es de 36.421.026 colombianos, esto quiere decir que para que la consulta prospere tendrían que votar 12.140.342 ciudadanos.
Para que la consulta prospere, primero se necesita que se alcance el umbral de participación y luego el umbral de cada pregunta. Una pregunta será aprobada cuando la opción “sí” alcance la mitad más uno de los votos válidos.

Sobre los jurados de votación 
De acuerdo con el artículo 105 del Código Electoral el cargo de jurado de votación es de forzosa aceptación.

Las personas designadas como jurados y que sin justa causa no concurran a desempeñar las funciones de jurado o las abandonen, se harán acreedoras a la destitución del cargo que desempeñan si son servidores públicos, y si no lo son, a una multa de hasta 10 salarios mínimos legales vigentes.

Podrán ejercer su derecho al voto los colombianos en el exterior, acudiendo a los consulados y embajadas. Son 827.635 colombianos los que están habilitados para votar en el exterior, en 1.330 mesas ubicadas en 235 puestos de votación.

¿Qué es la Consulta?
La Consulta Nacional Anticorrupción fue promovida por la vocera Claudia López Hernández, junto con los miembros del comité promotor de la iniciativa Antonio José Navarro, Angélica Lizbeth Lozano, Antonio Sanguino, Rodrigo Romero, Jaime Navarro y Ángela María Robledo, quienes iniciaron el proceso de convocatoria el pasado 24 de enero de 2017.

La consulta popular es un mecanismo de participación ciudadana que puede ser regional o nacional, y su regulación está prevista en la Ley 134 de 1994 y Ley 1757 de 2015.

El Congreso de la República dio vía libre a la realización de la Consulta Anticorrupción el pasado 6 de junio de 2018 y el Presidente de la República fijó como fecha para la celebración de la consulta el próximo domingo  26 de agosto. Una de sus principales propuestas es la reducción del salario de los congresistas (Senado y Cámara) que actualmente ganan unos $32 millones, lo que se reduciría a unos 20 millones.

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