Política


Santos puede inaugurar obras hasta que diga si va a la reelección

COLPRENSA

12 de noviembre de 2013 03:30 PM

El presidente de la República, Juan Manuel Santos, puede inaugurar obras públicas hasta el próximo 25 de noviembre, último plazo que tiene para anunciar si aspira o no a ser reelegido. 

Así lo manifestó el Procurador General de la Nación, Alejandro Ordóñez, en carta enviada al ministro de Justicia, Alfonso Gómez Méndez, quien pidió una aclaración a la entidad sobre cuándo empieza a regir a la Ley de Garantías. 

“(…) Durante el lapso del 9 a 24 de noviembre de 2013, fecha esta última en la que cual es posible que el señor presidente manifieste su voluntad de reelegirse puede inaugurar obras mientras no confluyan en dichos eventos actividades de carácter proselitista o clientelista”, señaló. 

En la misiva se señala que en los casos de la entrega o asignación de subsidios o recursos con destino a programas del Gobierno Nacional, estos se deben ajustar a la Ley de Garantías. 

“Es decir, los actos de asignación o entrega deberán estar previstos de cualquier ánimo clientelista y proselitista, vale decir, guardando la prudencia y discreción, sin la presencia de candidatos a ningún cargo de elección popular y voceros de las campañas políticas”, señala la carta. 

El Procurador aseguró que en condiciones normales y si el presidente no anuncia su reelección, las restricciones para inauguración de obras públicas para él y su Vicepresidente, rigen a partir del 25 de enero de 2014. 

“Si el presidente o vicepresidente manifiestan públicamente y por escrito su aspiración a una nueva elección quedan sujetos; a partir de ese momento, a las restricciones del articulo 30 de dicha ley, entre estas la prohibición de asistir a actos de inauguración de obras públicas”, apuntó. 

Ordóñez señaló que en relación con las elecciones al Congreso de la República, desde el 9 de noviembre pasado, se prohíbe a los Alcaldes y Gobernadores la realización de actos de tipo proselitista so pretexto de inaugurar obras en las que participen candidatos. 

“En este orden de ideas, la entrega de viviendas no puede hacerse con la presencia de estos militantes de las agrupaciones políticas”, señaló. 

Durante la campaña al congreso está prohibido, por parte de alcaldes, secretarios, gerentes y directores de entidades descentralizadas del orden municipal, departamental o distrital, la celebración de convenios interadministrativos en los que se ejecuten recursos públicos. 

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