Sucre


Medidas para evitar uso y comercio de pólvora en Sincelejo

EL UNIVERSAL

05 de diciembre de 2013 12:02 AM

Para proteger a los niños, niñas y personas en general para evitar accidentes por la utilización de pólvora, la Administración municipal de Sincelejo expidió el Decreto N° 712 de 2013.

Este contiene normas tendientes a proteger a los menores de edad y evitar lesiones causadas por el uso de artefactos pirotécnicos o fuegos artificiales durante las celebraciones de velitas, Navidad y fin de año.

En el decreto se prohibe la producción, expendio, transporte, almacenamiento, distribución, utilización y/o uso de artículos pirotécnicos y/o fuegos artificiales, explosivos, detonantes y globos, en toda la jurisdicción de Sincelejo, tales como: totes, matasuegras, petardos, papeletas, tronantes, triques traques, cohetes o voladores; buscapiés, choriceras, granadas, piedras, volcanes, martinicos, cebollitas, luces de bengala y similares cuyo fin sea detonante y/o explosivos con o sin efectos luminosos.

Se exceptúan las demostraciones públicas pirotécnicas como espectáculo con fines recreativos y culturales, siempre que cumplan con los requisitos y condiciones señalados por el Cuerpo de Bomberos de Sincelejo y la obtención del permiso correspondiente.

La medida establece que serán puestas a disposición de las autoridades judiciales y de Policía, las personas que sean sorprendidas con elementos pirotécnicos o fuegos artificiales, explosivos, detonantes y globos, elaborados con pólvora.

Artículos o elementos  pirotécnicos, fuegos  artificiales o globos que sean incautados serán puestos a disposición de la Secretaría de Interior y Convivencia Ciudadana o Cuerpo de Bomberos.

Según las disposiciones, los menores de edad que sean encontrados portando, manipulando o usando artículos pirotécnicos o fuegos artificiales explosivos, detonantes y globos, les serán decomisados y los infractores se pondrán a disposición de la Comisaría de Familia o del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF).

Los representantes legales de menores infractores o a quienes se les encuentre responsables por acción u omisión de la conducta de los menores se les impondrá una sanción civil consistente en la ejecución de tareas para la prevención y la atención de emergencias que beneficien a la comunidad.

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