El sistema de salud colombiano sufrirá grandes cambios una vez sea reglamentada la Ley Estatuaria de Salud, en la nueva ordenanza la salud es considerada como un derecho fundamental y contempla entre sus directrices más importantes:
La eliminación de cualquier tipo de autorización administrativa entre el prestador de servicios y la entidad en casos de urgencia o en las circunstancias que determine el Ministerio de Salud. Es decir, el denominado “paseo de la muerte” se termina, pues todo paciente que llegue por urgencias a un centro de atención, debe ser atendido inmediatamente.
Ya que en esta Ley la salud es considerada un derecho fundamental, las personas tienen derecho a recibir los servicios de salud de manera continua, en otras palabras, una vez iniciado la prestación del servicio de salud este no puede ser interrumpido por razones administrativas o económicas.
Otro de los puntos esenciales de la nueva ley es la prestación de los servicios de salud sin demoras cuando estos se requieran, con el objetivos de no agravar la condición de salud de las personas.
La Ley también contempla la prestación de los servicios de salud desde las etapas iniciales, pues estos deben ser suministrados de manera completa, iniciando en la prevención, siguiendo con el paliamiento y terminando con la cura de la enfermedad. Este proceso es independiente de la enfermedad, la empresa prestadora de salud, lo que esta cubra o el modo de financiamiento que se utilice.
Las entidades prestadoras de salud (Eps) serán inspeccionadas, vigiladas y controladas, mediante un organismo designado por el gobierno, para que no violen el derecho fundamental a la salud.
La regulación del precio de los medicamentos estará basado en criterios de necesidad, calidad, costo-efectividad, suficiencia y oportunidad. El precio de los medicamentos tendrá como referencia los precios internacionales.
La prestación de los servicios de salud cobija a todos los residentes del territorio colombiano a lo largo de su vida, para garantizar la equidad y cumplir con este derecho fundamental, el gobierno deberá garantizar la salud de personas de escasos recursos, de los grupos vulnerables y de las personas que necesiten protección especial. Dentro de la Ley está contemplada la atención a niños, niñas y adolescentes, mujeres en estado de embarazo, desplazados, víctimas de violencia y del conflicto armado, la población adulta mayor, personas que sufren de enfermedades huérfanas y personas en condición de discapacidad.
La Ley comprende la participación de las personas en las decisiones de las entidades del sistema de salud que le afecten o le interesen, tales como, la inclusión o exclusión de servicios, los programas de prevención y la evaluación de las políticas de salud, entre otras.
En la Ley se estipula la autonomía de los profesionales y trabajadores de la salud a la hora de tomar decisiones sobre el diagnóstico y tratamiento de los pacientes que tienen a su cargo, a su vez, estos deben contribuir en las decisiones colectivas del sistema de salud.
Las juntas médicas de las entidades prestadoras de salud o de las redes de salud serán las encargadas de resolver los conflictos y discrepancias sobre los diagnósticos o tratamientos médicos para garantizar la atención idónea para cada paciente.
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