Regional


Aumento de honorarios para concejales

EL UNIVERSAL

05 de enero de 2010 12:01 AM

Tras la sanción presidencial de la ley 1368 de 2009, el Ministerio del Interior y de Justicia informó que la norma señalada establece un aumento en la base para calcular los honorarios de los concejales, excepto los de Bogotá, el cual estará sujeto a la categoría del municipio y al número de sesiones a las que asistan. De la tercera a la sexta categoría, las sesiones aumentan en 70 ordinarias y hasta 20 extraordinarias, mientras que para los municipios de categoría especial, primera y segunda se pagaran 150 sesiones ordinarias y hasta 40 extraordinarias por año. Según la ley 1368 de 2009, el cálculo de dichos honorarios se realizará conforme a la siguiente tabla de categorías así: Especial, honorarios de $347.334; Primera, $294.300; Segunda, $212.727; Tercera, $170.641; Cuarta, $142.748; Quinta, $114.967 y Sexta, $86.862. Además, establece que desde el primero de enero de 2010, cada año los honorarios señalados en la tabla se incrementaran en un porcentaje equivalente a la variación del IPC durante el año inmediatamente anterior. La nueva normatividad modifica el artículo 67 de la ley 136 de 1994, al estipular que se cubrirá la totalidad de los gastos de transporte a los concejales de municipios de categoría 4, 5 y 6, que residan en zonas rurales y que deban desplazarse a la cabecera municipal para asistir tanto a sesiones plenarias como a comisiones.

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