Una serie de medidas, restricciones y prohibiciones fueron establecidas por el Gobierno municipal, para que sean cumplidas por los ciudadanos durante la realización de las Festividades del 20 de Enero. Las medidas fueron expuestas en un consejo de seguridad realizado el pasado martes en la Alcaldía, y luego el Gobierno municipal procedió a expedir los decretos respectivos. Dentro de esas medidas están: fijar el horario transitorio de funcionamiento de los establecimientos comerciales abiertos al público a partir del 15 de enero hasta el 25 de este mismo mes, el cual irá desde las 9 de la mañana hasta las 4 de la mañana del día siguiente y restaurantes hasta las 5 de la mañana; las tardes de toros en la corraleja iniciarán a partir de las 2 de la tarde hasta las 7 de la noche; prohibirán la circulación de vehículos de tracción animal, vehicular o similares dentro y durante los desfiles folclóricos o fandangueras, de carrozas de las reinas y cabalgata. Se exceptúa de la prohibición anterior los vehículos publicitarios debidamente autorizados por la Empresa de Economía Mixta “En equipo por Sincelejo”. Las autoridades consideraron igual, prohibir la distribución, venta y uso de espumas durante la realización de los distintos eventos que se desarrollen dentro del marco de las Festividades del 20 de Enero o Dulce Nombre de Jesús; prohibir la distribución y venta de licores en envases de vidrio en los sectores aledaños a la Plaza Cultural de Majagual, durante la realización de los eventos programados en ese lugar; así como prohibir el ingreso de personas dentro y durante los desfiles folclóricos o de fandangueras, de carrozas de las reinas y cabalgatas que sean ajenas a las actividades que se estén desarrollando. La circulación de motocicletas sin silenciadores o exostos, lanzar o utilizar indebidamente agua, liquido con sustancias químicas, harinas, talcos, pólvora, colorantes, grasas, carbón, combustible y cualquier otro producto o elemento que atente contra la integridad física, tranquilidad y seguridad de las personas que asisten a los eventos de las fiestas, de igual forma quedaron prohibidos. De acuerdo a lo estipulado en el Decreto 010 de 2010 de la Alcaldía, no es permitido utilizar cilindros de gas, para la elaboración de comidas en los sectores aledaños a los escenarios donde se realicen los espectáculos públicos. El incumplimiento de dichas medidas será objeto de sanciones con multas de hasta 20 salarios mínimos legales diarios vigentes, decomiso de materiales u objetos utilizados por las autoridades. Al igual que la inmovilización de vehículos hasta por cinco días por parte del Tránsito Municipal. Los establecimientos de comercio que violen el horario establecido en el Decreto 010, tendrán sanciones hasta con dos salarios mensuales vigentes y cierre del negocio hasta por cinco días. DÍAS CÍVICOS A través del Decreto 008 de 2010, la Alcaldía Municipal declaró como días cívicos el 20 y 21 de enero de 2010, teniendo en cuenta que en el Municipio se celebran las festividades del 20 de Enero o Dulce Nombre de Jesús, evento en el que se expresan colectivamente las manifestaciones culturales de la región, constituyéndose así en el más importante acontecimiento folclórico y cultural que se realiza en la ciudad. Los días 15, 18, 19 y 22 de enero de 2010, laborarán en las dependencias de la Alcaldía en el horario comprendido entre las 8 de la mañana y 12 del medio día.
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