Sucesos


29 años de cárcel para De la Ossa, asesino de Lía Násser

EL UNIVERSAL

24 de septiembre de 2009 12:01 AM

A 29 años y 2 meses de prisión fue condenado ayer Eduardo José De la Ossa Acosta, autor intelectual y material del crimen Lía Násser Gaviria, registrado el 29 de mayo pasado en Sincelejo. El fallo fue leído ayer durante la audiencia pública desarrollada en la Sala de Audiencia del Palacio de Justicia de Sincelejo, en la cual la Fiscalía insistió en que el procesado no se allanó a los cargos para colaborarle a la justicia, sino por la contundencia de los elementos materiales probatorios que la Fiscalía General de la Nación exhibió. En este sentido, la Fiscalía solicitó no aplicarle la rebaja del 50% de la pena, estipulada en 550 meses, sino que se le aplicará sólo un 30%. Dijo la Fiscalía que el procesado solamente dijo que aceptaba los cargos y que en ningún momento manifestó la verdad. LA AUDIENCIA Por su parte, el abogado del procesado, Víctor Contreras Yepes, durante sus alegatos señaló que se está ante la presencia de un homicidio simple y no agravado, como lo ha presentado la Fiscalía. “La Fiscalía se ha referido sólo en que usted (el juez) se moverá en los cuartos medios y en esas circunstancias estamos hablando de que usted no solamente va a rebajar, según el querer de la Fiscalía hasta el 50% a que tiene derecho, el cual exijo, porque al moverse en los cuartos medios, usted le estará incrementando la pena”, afirmó el abogado Contreras Yepes. Añadió que existe un apetito rencorosos y vengativos de la señora Fiscal que llevó el proceso. Agregó que la defensa no conoce ninguna evidencia ni elemento material probatorio que tenga circunstancias relativas a las agravaciones. La defensa le propuso al Juez, que al momento de sentenciar o de imponer la pena, se moviera en el primer cuarto mínimo y ponderar cualquier aumento más allá del cuarto mínimo, es decir, avanzar del mínimo mínimo y del máximo de ese mínimo. “En el caso de De la Ossa, sólo existen circunstancias de menor punibilidad por la carencia de antecedentes penales, por eso no puede usted señor Juez, en uso de la administración de justicia, imponer una sentencia llena de rencor y de venganza”, le dijo el Abogado Defensor al Juez. Con esos argumentos, la defensa solicitó que la sentencia se impusiera utilizándose el cuarto mínimo, teniendo en cuenta que De la Ossa Acosta sí colaboró con la justicia y estuvo presto a las diligencias del CTI, Gaula y demás autoridades, pues, nunca huyó de su residencia. ESTABA ACORRALADO En uso de la palabra, De la Ossa Acosta refutó a la Fiscal y volvió a decir que se allanó a los cargos porque estaba acorralado por todas las autoridades. “Por eso acepté los cargos de algo que yo no cometí, porque sabía que se me venía una sentencia. La Fiscalía manifestó que yo no he dicho la verdad, entonces cómo me van a condenar por algo que ya dan por verdadero y ella misma (la fiscal), está diciendo que yo no he dicho la verdad. Yo me allané a unos cargos que no corresponden a la realidad de los hechos”. LA SENTENCIA El delito por el cual fue condenado Eduardo José De la Ossa Acosta al acogerse a sentencia anticipada y aceptación de los cargos es el de homicidio agravado en concurso heterogéneo sucesivo, con ocultamiento, alteración y obstrucción de elemento material probatorio. Luego de hacer un recuento de los hechos, el Juez Primero Penal del Circuito de Sincelejo, afirmó que a De la Ossa Acosta se le impuso una condena de 480 meses de prisión por el delito de homicidio agravado, pena máxima de primer cuarto. Ocultamiento, alteración y obstrucción de elemento material probatorio, se le impuso una condena de 70 meses de prisión. Asimismo, se le impuso una multa de mil 400 salario mínimos legales mensuales vigentes para la fecha de la ocurrencia de los hechos. En total, la pena impuesta a De la Ossa Acosta fue de 550 meses de prisión, a la cual al aplicársele el 30% de rebaja se le descuentan 200 meses, con lo cual queda en 350 meses de prisión, que representan 29 años y dos meses de prisión. El fallo fue apelado tanto por la Fiscalía como por el representante de la víctima, Humberto Ozuna Fúnez, el Ministerio Público y la defensa de De la Ossa Acosta, el abogado Contreras Yepes.

Se ha producido un error al procesar la plantilla.
Invocation of method 'get' in  class [Ljava.lang.String; threw exception java.lang.ArrayIndexOutOfBoundsException at VM_global_iter.vm[line 2204, column 56]
1##----TEMPLATE-EU-01-V-LDJSON----
 
2   
 
3#printArticleJsonLd()
 

Comentarios ()

 
  NOTICIAS RECOMENDADAS