Revista dominical


Cartagena de Indias y la lucha por los derechos políticos y la ciudadanía (1808-1815)

JAVIER ORTIZ CASSIANI

06 de noviembre de 2011 12:01 AM

“Escuela de primeras letras en todos los pueblos de la Provincia, sin exceptuar el más pequeño, por que todo hombre libre necesita saber leer, escribir, y contar y sin estos elementos difícilmente sabrá ninguno las obligaciones de cristiano, ni las de ciudadano”.
Estas palabras, consignadas en el informe redactado el 11 de octubre de 1810 por José Ignacio de Pombo -prior del Consulado de Comercio de Cartagena y una de las mentes criollas más brillantes de la Nueva Granada- muestran claramente la manera en que el lenguaje político venía cambiando en la ciudad de Cartagena y en toda la provincia.

El informe, encargado por la Junta Suprema de Gobierno de la Provincia al Consulado de Comercio de la ciudad de Cartagena de Indias, fue aprobado por unanimidad en la sección extraordinaria del 4 de noviembre de 1810. Este extenso documento, el más completo que jamás haya escrito funcionario alguno en la Nueva Granada, buscaba incentivar el comercio, la agricultura y la industria en la Provincia de Cartagena. Sus páginas están llenas de propuestas para el fomento de la agricultura, la educación, la minería, las rentas y los impuestos, la navegación, la implementación de fábricas, la población y el control del contrabando. Pero lo más significativo es que refleja la manera en que la más importante instancia política de la ciudad, la Junta Suprema de Gobierno de reciente creación, estaba a tono con las propuestas que desde su fundación en 1795 venía preconizando el Consulado de Comercio.

Algunos años atrás, el 30 de junio de 1805, el Mariscal de Campo Antonio de Narváez y la Torre, a la postre, una de las figuras determinantes en el proceso de independentista de la ciudad de Cartagena, a petición del Consulado de Comercio escribió una representación al virrey Amar y Borbón cuyo objetivo era persuadirlo sobre la utilidad del libre comercio en el Virreinato. Empezaba así una tradición que hacía del conocimiento del territorio un arma política fundamental para la defensa de los intereses de la región. Defensa que incluso ponía en jaque la supuesta unidad e integridad de un virreinato sumamente fragmentado.

La defensa de sus intereses como ciudad, a contrapelo con las políticas centrales del virreinato y de la corona, fue lo que llevó a que el 12 de abril de 1809, un mes después de que las autoridades metropolitanas prohibieran el comercio con potencias neutrales, las autoridades de Cartagena, ante la escasez de víveres, permitieron la entrada al puerto de Cartagena de la goleta norteamericana Hetty. Meses más tarde el virrey amenazó con fuertes castigos al gobernador y al director de aduanas. No obstante, en pleno desafío de la autoridad virreinal, el 12 de agosto de 1809, en sesión extraordinaria, el Cabildo de Cartagena desconoció la orden de las autoridades de Santa Fe y solicitó al gobernador que autorizara el comercio con los Estados Unidos.

Un año después, el 10 de julio de 1810, José María García de Toledo le envió una carta al virrey Antonio Amar y Borbón, escrita en tono arrogante. En ella García de Toledo se quejaba de que el virrey no enviaba los dineros a Cartagena, por lo cual había un déficit de 900.000 pesos de los situados que debían entrar a la ciudad. Señalaba que “causa admiración que al mismo tiempo que no se emplean los dineros en la defensa de esta plaza, que es el antemural del reino, se levanten batallones en lo interior de aquél y se le saquen a esta plaza sus milicias disciplinadas para llevarlas a Santa Fe”.

Por último advertía que el Cabildo había tenido que “tomar las riendas del gobierno” para asegurar la defensa de Cartagena contra una posible invasión de los franceses. Esta situación demuestra las diferentes visiones de la economía y la política que tenían Cartagena de Indias y Santafé de Bogotá y el grado de autonomía política que empezaba a reclamar la ciudad con sus acciones.


Producto del vacío de poder que se presentó con la invasión de Napoleón a España en 1808, los territorios americanos encontraron una oportunidad inédita para definir sus destinos políticos, que a su vez evidenciaban los conflictos políticos de antigua data entre las regiones. Cartagena de Indias fue una de las primeras ciudades en el actual territorio colombiano en emprender una serie de acciones de movilización política y desde un principio estuvo atenta a las reuniones de las Cortes de Cádiz. La ciudad siguió las deliberaciones de las Cortes y buscó la manera de aprovechar los principios discutidos allí para adaptarlos a sus intereses y pretensiones de autonomía.

Así, el 31 de diciembre de 1810 la Junta Suprema de la ciudad y la provincia de Cartagena de Indias a través de un acta, decidió aceptar las órdenes de Cádiz. Por este medio, las autoridades de Cartagena mostraron su interés en la conciliación de los territorios de ambos hemisferios bajo una forma constitucional “con los imprescindibles y sancionados derechos de entera y absoluta igualdad, y representación de los pueblos”. Sin embargo, a pesar de acatar los principios de las Cortes, la Junta defendió su autonomía, de manera que esta suscripción a las decisiones emanadas de Cádiz, se ejecutaría “a reserva siempre de nuestro gobierno económico y administración interior de la Provincia para obrar su felicidad y conservación territorial bajo los principios y máximas que tiene publicadas esta Junta, y sin las cuales no podría conseguir unos fines tan sagrados y esenciales a toda sociedad, y evitar los abusos necesarios y consiguientes de gobernarse los pueblos a tanta distancia del Gobierno supremo de la Nación, mucho menos bajo el sistema de gobiernos militares absolutos y despóticos”.

Lo que vemos es un proceso de discusión política de doble vía, en el cual la Junta de Cartagena, incentivado por las reuniones en Cádiz se piensa políticamente y aunque acepta el sentido y la importancia que tiene la necesidad de redactar una constitución que concilie los territorios españoles con los americanos, no negocia los principios que la llevaron a crear una Junta Suprema de gobierno. Un hecho que comprueba con claridad meridiana esta posición es la carta que enviaron 486 vecinos a la Junta de Cádiz, el 11 de junio de 1811.

Los cartageneros firmantes expusieron su descontento con las medidas que impedían la participación de los delegados de las provincias americanas en la Junta en las mismas condiciones que los representantes de las provincias españolas. La misiva además planteaba que, si estas eran las condiciones de participación, a los cartageneros no les quedaba más remedio que separarse de manera absoluta de España. Estamos pues ante un proceso de consolidación de los principios constitucionales que serían fundamentales en la definición del futuro político de la provincia de Cartagena y de la nación.

Los debates de Cádiz eran seguidos con sumo interés en Cartagena a través del periódico El Argos Americano y la atención se centró en un punto crucial para el tema de la representatividad política en una población mayoritariamente negra y mulata, la posibilidad de ciudadanía de los descendientes de africanos. Algunos sectores como los mulatos y artesanos estaban esperanzados en que las cortes Gaditanas aprobaran la igualdad racial y la ciudadanía para que las personas étnicamente distintas a las blancas pudiesen acceder a esta categoría. De hecho, el 11 de diciembre de 1810, La Junta Suprema de Cartagena aprobó un sistema electoral que daba participación a todos los hombres, “blancos, indios, mestizos, mulatos, zambos y negros, con tal que sean padres de familia, o tengan casa poblada y que vivan de su trabajo, y que no sean vagos, siervos asalariados o esclavos”.

Sin embargo, a través del artículo 18 y el 29 de la Constitución de Cádiz, y luego de intensas discusiones llevadas a cabo en septiembre de 1811, ésta negó la condición de ciudadanos a los grupos afrodescendientes. Unos meses más tarde, el 11 de noviembre de 1811, con una amplia participación popular, la ciudad declaró la independencia absoluta con respecto a España.


Después de haber declarado la independencia, el 14 de junio  de 1812, se expidió en la ciudad de Cartagena la Constitución Política del Estado de Cartagena de Indias. La Constitución, producto de las deliberaciones de los 34 diputados de la Convención Constituyente reunida en la ciudad desde el 20 de enero de 1812, se componía de 25 títulos en los que se consignaron los principios de los derechos naturales y sociales del hombre, la forma de gobierno y sus fundamentos, la división de los poderes, los asuntos pertinentes a la relación del Estado con la religión y los principios de la instrucción pública, entre otros puntos relacionados con el inédito proceso de construir estados modernos en estos territorios.

Las ideas políticas no sólo eran monopolio de una sociedad letrada. A través de pasquines exhibidos en sitios públicos y leídos en voz alta, catecismos políticos y proclamas, la política llegaba a todos los sectores. El 17 de octubre de 1815, adportas de la invasión de Pablo Morillo, y consciente de que necesitaba un eficiente mecanismo de movilización popular, Juan Marimón, máximo dirigente del ejército patriota en las costas colombianas y Comisionado del gobierno general, desde la pequeña isla de Barú, frente a Cartagena, exhortaba a las masas de negros y mulatos:

La constitución española hecha por Cortes os priva del derecho de ciudadanos, esto es, de elegir y ser elegidos para gobernar, y aun de entrar en el número de la población como si fuerais bestias […;] Por el contrario, la Constitución de Cartagena os declara a todos iguales delante de la ley, tenéis los mismos derechos, las mismas cargas, los mismos deberes que los blancos.

Ese mismo año el militar y político cartagenero Manuel del Castillo convocaba al pueblo diciendo: “todos somos hermanos, todos hijos de una misma familia…;”. De modo que los principios consagrados en la constitución fueron elementos claves para la movilización de los ejércitos de la provincia y consolidada la independencia seguía siendo una herramienta usada por los grupos marginados para reclamar el ejercicio de la ciudadanía.


* Este artículo forma parte del especial que sobre el Bicentenario de la Independencia de Cartagena, publica la revista Semana.

Se ha producido un error al procesar la plantilla.
Invocation of method 'get' in  class [Ljava.lang.String; threw exception java.lang.ArrayIndexOutOfBoundsException at VM_global_iter.vm[line 2204, column 56]
1##----TEMPLATE-EU-01-V-LDJSON----
 
2   
 
3#printArticleJsonLd()
 

Comentarios ()

 
  NOTICIAS RECOMENDADAS