Rethus: Ley 1164 – 3 octubre de 2007


Ley 1164 del 3 de octubre de 2007
 
Artículo 23. “Del Registro Único Nacional del Talento Humano en Salud. Créase el registro Único Nacional del Talento Humano en Salud, consiste en la inscripción que se haga al sistema de información previamente definido, del personal de salud que cumpla con los requisitos establecidos para ejercer como lo señala la presente ley, proceso con el cual se entiende que dicho personal se encuentra certificado para el ejercicio de la profesión u ocupación, por el período que la reglamentación así lo determine. En este registro se deberá señalar además la información sobre las sanciones que el personal en salud que reporten los tribunales de Ética y Bioética según el caso; autoridades competentes o los particulares a quienes se les deleguen las funciones públicas”.
  1. El Registro Único de Talento Humano en Salud, RETHUS, es una estrategia de control para los profesionales del área de la salud, el cual se proyectó a partir de la Ley 1164 de 2007 y su decreto reglamentario.
  2. El artículo 12 de la Ley 1090 de 2006 le delegó al Colegio Colombiano de Psicólogos el RETHUS en relación con los psicólogos que laboren en las áreas clínicas y de la salud. Sin embargo, hasta ahora no han concluido los procedimientos entre el Ministerio de Salud y Colpsic para que este último asuma en su totalidad la función pública de llevar el RETHUS.
  3. Uno de los puntos en que se está trabajando con el Ministerio es el relacionado con la obligación de la inscripción en el RETHUS, dado que no todos los psicólogos se consideran como del área de la salud.
  4. En principio, en las actuales circunstancias a los psicólogos no le es exigible el RETHUS. Lo que se les exige a los psicólogos que laboren en las áreas clínicas y de la salud, es el registro ante las SecretarÍas de Salud. El certificado de registro tiene la misma fuerza vinculante que el RETHUS, dado que los psicólogos que ya están inscritos ante las secretarias de salud correspondientes, su inscripción el en RETHUS se hará automáticamente.
  5. Los psicólogos que no estén inscritos en las Secretarías de Salud correspondiente, se deben dirigir a la Secretaría con los documentos que requieran y la copia de la tarjeta profesional expedida por el Colegio Colombiano de Psicólogos y solicitar la inscripción en el RETHUS.
  6. Los psicólogos que ya están inscritos ante las Secretarías de Salud, no tienen que hacer nada para su inscripción en el RETHUS dado que se hará automáticamente. Sin embargo, para mayor seguridad, se les está sugiriendo a los psicólogos que ya están inscritos que ingresen a la página saludcapital, link RETHUS y diligencien el formulario que allí se presenta.

Interpretación de la Ley

Este texto se refiere a la Ley 1164, promulgada el 3 de octubre de 2007, y específicamente al Artículo 23 de dicha ley. El artículo establece la creación de un registro nacional llamado Registro Único Nacional del Talento Humano en Salud (RETHUS). Este registro consiste en inscribir en un sistema de información previamente definido a todo el personal de salud que cumpla con los requisitos establecidos por la ley para ejercer su profesión u ocupación en el campo de la salud. La inscripción en este registro implica que el personal está certificado para ejercer su profesión durante el período determinado por la regulación.

Además de la información personal y profesional del personal de salud, el registro también debe incluir cualquier información sobre sanciones impuestas por los tribunales de Ética y Bioética, autoridades competentes o particulares a quienes se les deleguen funciones públicas.

En el contexto de esta ley, el Registro Único de Talento Humano en Salud (RETHUS) es una estrategia de control para los profesionales de la salud. En el caso específico de los psicólogos que trabajan en las áreas clínicas y de la salud, el Colegio Colombiano de Psicólogos fue delegado para administrar el RETHUS de acuerdo con el artículo 12 de la Ley 1090 de 2006. Sin embargo, los procedimientos entre el Ministerio de Salud y el Colegio Colombiano de Psicólogos aún no se han completado para que el Colegio asuma por completo la responsabilidad de mantener el RETHUS.

Uno de los puntos en los que se está trabajando con el Ministerio es la obligación de la inscripción en el RETHUS, ya que no todos los psicólogos se consideran parte del área de la salud. Actualmente, a los psicólogos no se les exige inscribirse en el RETHUS. En cambio, se les solicita registrarse ante las Secretarías de Salud, y el certificado de registro ante estas entidades tiene la misma validez que el RETHUS. Para los psicólogos que ya están registrados en las Secretarías de Salud correspondientes, su inscripción en el RETHUS se realizará automáticamente.

Si un psicólogo no está inscrito en las Secretarías de Salud, debe dirigirse a la Secretaría con los documentos requeridos y una copia de su tarjeta profesional expedida por el Colegio Colombiano de Psicólogos para solicitar la inscripción en el RETHUS.

Los psicólogos que ya están inscritos en las Secretarías de Salud no tienen que hacer nada adicional para su inscripción en el RETHUS, ya que se realizará automáticamente. Sin embargo, como medida de seguridad, se sugiere que estos psicólogos ingresen al sitio web "saludcapital", específicamente al enlace del RETHUS, y completen el formulario que se presenta allí.

Ministerio de Salud y Protección Social

Sistema de información del Ministerio​ de Salud y Protección Social del talento humano en salud que cumple con los requisitos establecidos en la Ley 1164 de 2007, proceso con el cual se entiende que dicho personal se encuentra autorizado para el ejercicio de una profesión u ocupación del área de la salud. En el ReTHUS se señala también la información sobre las sanciones del ​talento humano en salud que, según el caso, reportan los Tribunales ético-disciplinarios del área de la salud, autoridades competentes o los particulares a quienes se les deleguen las funciones públicas.

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https://www.sispro.gov.co/central-prestadores-de-servicios/Pages/ReTHUS-Registro-de-Talento-Humano-en-Salud.aspx

 


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