Cartagena


1144, el Decreto de la discordia

GERMÁN GÓMEZ POLO

13 de septiembre de 2012 12:01 AM

Después del viacrucis que vivió el Decreto 1144, desde su expedición, y que reglamentaba el uso del suelo y urbanismo en la Zona Norte, fue finalmente revocado.
Tras el anuncio del alcalde Campo Elías Terán Dix, el pasado lunes, el alcalde encargado, Felipe Merlano, firmó el Decreto 1328, que revoca directamente el 1144, atendiendo a una supuesta ilegalidad que pasó por la revisión del equipo jurídico y de planeación del Distrito.
Una de las consideraciones contempladas en el decreto revocatorio es que “se evidenció que el numeral 7 del Artículo 313 de la Constitución Nacional establece que corresponde a los Concejos Distritales o Municipales ‘reglamentar los usos del suelo y, dentro de los límites que fije la ley, vigilar y controlar las actividades relacionadas con la construcción y la enajenación de inmuebles destinados a vivienda’”.
El Decreto 1144 tuvo fuerte oposición en el Concejo Distrital, donde se pidió al Distrito que se pronunciara a profundidad sobre el tema. En el inicio de las sesiones extras convocadas por el Alcalde, el concejal Antonio Quinto Guerra calificó el decreto como un “adefesio jurídico” (Lea más información de esa sesión del Concejo) y solicitó a los funcionarios del gabinete que estaban presentes, entre ellos la exsecretaria de Planeación, María Claudia Páez Mallarino, y al alcalde encargado, Felipe Merlano, que aclararan la posición de la Alcaldía sobre sí se ratificaban o no en el decreto.
¿Decreto legal?
Páez Mallarino aseguró a El Universal que el decreto que ella había firmado era legal, y que de no ser así no hubiese procedido con la firma.
En la entrevista, la exfuncionaria sostuvo que la ley afirma la potestad del Concejo sobre el uso del suelo, “pero el POT, con fuerza de acuerdo le da competencia al Alcalde para reglamentar el suelo suburbano, cosa realizada con un equipo de trabajo, que hizo el análisis legal”.
Por su parte, el reconocido abogado Carlos Medellín Becerra, emitió un concepto afirmando que “para establecer la competencia y, por consiguiente, la legalidad del Decreto 1144, al menos en lo que atiende al cargo según el cual correspondía al Concejo del Distrito la reglamentación de los suelos de expansión de la llamada Zona Norte, deben examinarse las previsiones del Decreto 0977 de 2001 (Plan de Ordenamiento Territorial) sobre los llamados ‘Instrumentos de gestión’. (Lea el concepto de Carlos Medellín Becerra sobre Decreto 1144)
Asegura también que la revisión normativa realizada, en cuanto desarrolla y complementa disposiciones del POT, “se ajusta a la potestad reglamentaria que tiene el Alcalde, como la facultad de desarrollar los postulados generales establecidos en el acuerdo del Concejo Municipal”, y que, además, la revocatoria directa “no aplica en este caso” porque cree que “no se presentan las condiciones jurídicas exigidas en el Artículo 69 del C.C.A para suprimir del ordenamiento jurídico un acto administrativo previamente expedido con soporte  legal”.
Sin embargo, el jefe de la Oficina Jurídica, Fabio Castellanos Herrera, manifestó a la publicación virtual Metro que le preocupa que “(el concepto del abogado Medellín) esté fundamentado en una norma derogada”, refiriéndose a que el Medellín se refería a lo contenido en el Código Contencioso Administrativo (Decreto 01 de1984), que fue derogado por la Ley 1437 de 2011.
Voluntad política
El alcalde encargado, Felipe Merlano, confirmó el deseo del alcalde Campo Elías Terán de sacar adelante esta reglamentación.
“Se presentará al Concejo esta iniciativa haciendo énfasis en el desarrollo de las poblaciones afro de la Zona Norte”, indicó Merlano, asegurando que el componente social y étnico de la norma permanecerá intacto.
Las Asociación de Consejo Comunitarios de Cartagena (Asococ), expresó que la revocatoria del Decreto 1144 pone en riesgo el derecho a la posesión y permanencia en el territorio con desarrollo sostenible, y exigieron la preservación y garantía del derecho a la consulta previa para salvaguardar los beneficios obtenido con el revocado decreto. 
El alcalde Terán Dix expresó en la rueda de prensa el lunes pasado que en ningún momento se iba meter con la gente de La Boquilla y que era conveniente “que el desarrollo de la Zona Norte no afecte a los pobres”.
¿Para qué servía?
En su momento, Páez Mallarino explicó que el decreto permitía que “cualquier persona que pida una licencia para un desarrollo tiene que dar unas cesiones (del 25%) al Distrito”, además de que acabaría con la “colcha de retazos en cada proyecto —como Barcelona de Indias o Karibana— en donde las cesiones son espacios públicos que no benefician a las comunidades”.
Páez también explicó que el decreto permitiría que los centros poblados tengan su propio plan de ordenamiento territorial, o fichas normativas, donde la comunidad priorizará los usos del suelo y los proyectos de inversión.

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