Cartagena


“Abusar de los contratos por OPS genera riesgos”: Funcicar

MÓNICA MEZA ALTAMAR

30 de septiembre de 2018 12:00 AM

¿Quién es tu respaldo político?”. Esa era la pregunta que me hacían cuando ingresé a trabajar con el Distrito. Yo señalaba al cielo o respondía “no tengo padrino político”. Me decían, “¿verdad?, no te lo puedo creer”. No lo creían por tantos intereses alrededor de esos puestos”, le contó a El Universal un contratista por Orden de Prestación de Servicios (OPS), quien prefirió mantener en reserva su identidad.

Y es que la mayoría de los contratos por OPS se firman a quienes tienen el llamado “padrino político”, reitera el contratista anónimo. Siendo así, ¿qué funciones cumplen estos contratistas?, ¿quién los supervisa? El empleado distrital se refirió a lo agrio y lo dulce de este tipo de contratación.

“Primero, se supone que a quienes trabajan por orden de prestación de servicios no les exigen horario, pero la gente que no tiene respaldo político normalmente no solo cumple horario de trabajo, sino que labora horas extras, trabajamos 24/7”.

Precisó que “los secretarios son quienes disponen qué se hace dentro de las secretarías. Algunos ponen a trabajar hasta a la gente de planta, mandan memorandos a la hoja de vida si se atrasan los procesos, pero existen presiones.

“Por ejemplo, a veces pierden autonomía. Si el padrino político tiene mucha fuerza se tienen que quedar callados (ante la vagancia del contratado) o si el padrino político puso en el cargo tanto al secretario como al contratista por OPS, se tiene que quedar callado. Son más flexibles con su gente y más duros con los demás. Los que estamos sin respaldo político, en muchas ocasiones, estamos recargados de trabajo y los que lo tienen no hacen nada”.

El contratista resaltó que “la ventaja de trabajar por OPS es que uno maneja su tiempo, cuadra espacios para hacer diligencias personales. La desventaja es que no tenemos estabilidad laboral, todo el tiempo hay incertidumbre y, en administraciones tan irregulares como esta, estamos en crisis permanente. Si hay una persona contratada para determinada labor, la reemplazan, se interrumpen los procesos, se suspenden actividades y eso impacta de manera negativa la Administración.

“No tenemos prestaciones, primas ni vacaciones. La gente dice: “pero descansan en enero cuando se les acaban los contratos”. No, quienes no tenemos respaldo político seguimos trabajando como si nada porque tenemos que demostrar que somos una necesidad en esa entidad. Lo ideal sería que la administración reconociera el trabajo de aquellas personas que llevan mucho tiempo, que se han mantenido por meritocracia, y que tengan la posibilidad de obtener una provisionalidad por voluntad política, pero eso es muy difícil”.

A esas desventajas le sumó que durante 2016 y 2017 perdió ocho meses de trabajo. “Algunos secretarios premian y respaldan a quienes trabajan. Otros a quienes les lambonean. Hubo un año en el que perdí cuatro meses de trabajo, estuve trabajando sin contrato. Esos meses que no producía y acumulaba cuentas, toqué puertas y me salió otra OPS. Después me llamaron de la anterior. Por inestabilidad fue que llegué a tener dos OPS.

“Debe haber quienes tienen dos OPS politiqueras y no hacen nada o trabajan en una pero no les rinde el tiempo para la otra, pero quien no tiene respaldo político no se puede dar ese lujo porque si no trabaja se las quitan. El trabajo respalda. El padrino político hoy está bien y mañana no se sabe. Los líderes justos y comprometidos respaldan tu trabajo”.

Los riesgos
La Fundación Cívica por Cartagena (Funcicar), que encontró 77 casos en los que una misma persona, durante 2017, obtuvo dos o más contratos de OPS con la Alcaldía y sus entidades descentralizadas, algunos de manera simultánea, advirtió que abusar de la contratación por OPS acarrea riesgos para la Administración, la ciudadanía y el contratista. Estos son:

Riesgos para la Administración: desgaste administrativo por la renovación frecuente de OPS; falta de continuidad en los procesos institucionales que adelantan personas contratadas por OPS; denuncias por accidentes de funcionarios que no cotizaban ARL por tener pendiente la renovación del contrato; y OPS fantasma, que no asisten a las entidades ni cumplen sus funciones, generando detrimento de los recursos públicos.

Asimismo gastar recursos públicos en personal no requerido por cumplir pactos burocráticos; contratar personas que no reúnen todas las competencias por cumplir pactos burocráticos; y demandas laborales por la exigencia de obligaciones típicas de un contrato laboral y no de OPS.

Los riesgos para el contratista son: inestabilidad laboral; exigencia de votos, cuando la OPS obedece a una cuota política; pagar comisión de sus honorarios a su “padrino político” para permanecer en el cargo y limitaciones en el ejercicio de sus derechos civiles y políticos cuando, por ejemplo, se les direcciona el voto, es decir, se les dice por quién votar.

Además, exigencia de obligaciones típicas de un contrato laboral y ser subutilizado cuando hay cambios en el gabinete.
Para la ciudadanía, el riesgo radica en el impacto en la oferta de bienes y servicios, y en la calidad y transparencia del gasto público.

Con hasta 7 OPS
Un abogado está dentro de los dos casos que identificó Funcicar con siete contratos de OPS durante 2017. Tuvo tres en la Empresa de Desarrollo Urbano (Edurbe), dos en Transcaribe y dos en Espacio Público, así:

En Edurbe, del 23 de enero al 23 de abril, del 17 de febrero al 17 de agosto y del 1 de agosto al 1 de enero.

En Transcaribe, del 7 de febrero al 7 de julio y del 10 de julio al 10 de diciembre.

En Espacio Público, del 27 de abril al 27 de agosto y del 21 de septiembre al 21 de diciembre.

Otras dos personas obtuvieron 6 OPS durante el año anterior, cuatro lograron 5 OPS, 7 se quedaron en 4 de estos contratos, 17 alcanzaron 3 y 45 obtuvieron dos. Estos contratos se dieron a lo largo de 2017 en diversas dependencias distritales, algunos de manera simultánea, pero no todos al tiempo, como divulgó Funcicar inicialmente.

“Que una persona tenga varias OPS no es nuevo, pero nadie ha tenido siete al tiempo. Funcicar está siendo muy ligero a la hora de emitir informaciones”, recalcó el contratista anónimo.  

Sobre la simultaneidad de contratos, el artículo 26 del Código Sustantivo del Trabajo, denominado coexistencia de contratos, dice: “un mismo trabajador puede celebrar contratos de trabajo con dos o más empleadores, salvo que se haya pactado la exclusividad de servicios en favor de uno solo”.

Y la sala laboral de la Corte Suprema de Justicia ha expresado que “es posible la concurrencia de un contrato de trabajo con uno o varios contratos de orden civil o comercial, sin que ello signifique necesariamente que el primero pierda la calidad de tal, ni que los segundos la adquieran”.

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