Cartagena


Comparendo ambiental, solo palabras

MÓNICA MEZA ALTAMAR

21 de noviembre de 2017 12:00 AM

En solo palabras termina la aplicación de sanciones a quienes atentan contra el medio ambiente. Así lo demuestra un informe de la Secretaría del Interior y Convivencia Ciudadana, en el que se registra el estado de los comparendos ambientales impuestos durante el 2016.

De 80 procesos aperturados, 52 están en pliego de cargos, 25 en imposición de comparendos ambientales y uno en liquidación de sanción, por lo que ya pasó a Secretaría de Hacienda para que se haga el respectivo cobro coactivo. Otros dos fueron enviados por el Departamento Administrativo de Tránsito y Transportes de Cartagena (DATT) y siguen sin dar frutos.

La entidad explica que la falta de eficacia en la imposición de sanciones en procesos de comparendos ambientales obedece a que personas de escasos recursos, que ejercen trabajos informales, son quienes mayormente incurren en conductas que atentan contra el medio ambiente.

Estos infractores son difícilmente ubicados en las direcciones y teléfonos que suministran a las autoridades, lo cual corrobora la poca eficiencia del proceso; y no tienen ningún tipo de bien ni una cuenta de ahorro, por lo que no existe mecanismo alguno que los presione a pagar. Por estos factores, imponer un comparendo ambiental ha sido un procedimiento extenso y poco eficiente.

Con el Código
Con la entrada en vigencia de la Ley 1801 de 2016, por la cual se expide el Código Nacional de Policía y Convivencia, la competencia de sancionar a quienes atentan contra el medio ambiente se trasladó de la Secretaría del Interior y Convivencia Ciudadana a la Policía Nacional. Por ello, este año solo se presentaron dos comparendos ambientales a la Secretaría del Interior.

Cabe precisar que el Código de Policía no establece comparendos ambientales sino medidas correctivas a quienes incurran en comportamientos contrarios al cuidado del medio ambiente, recursos hídricos, fauna, flora y aire, entre otros.

Estas medidas contemplan amonestaciones escritas, multas de hasta 32 salarios mínimos diarios legales vigentes ($786.880), suspensión temporal o definitiva de la actividad, participación en programa comunitario o actividad pedagógica de convivencia, decomisos y restitución, inutilización o destrucción de bienes.

Desde el 1 de agosto, día que comenzaron a aplicarse las multas económicas por infracciones al Código de Policía, hasta el 25 de octubre, las autoridades impusieron 10 medidas correctivas en Cartagena.

Los comportamientos que las originaron son: lavar bienes muebles en el espacio público, vía pública, ríos, canales y quebradas (4), realizar quemas no autorizadas (3), tener animales silvestres en calidad de mascotas (2) y arrojar sustancias contaminantes, residuos o desechos a los cuerpos de agua (1). El reporte de la Policía no precisa qué medidas correctivas se aplicaron a los comportamientos anteriores ni qué estado se encuentran las mismas.

Para lograr que paguen
La Secretaría del Interior hizo dos recomendaciones para lograr que los infractores ambientales paguen sus sanciones.

Una, que sin importar la condición económica de los infractores estas personas sean reseñadas en la Secretaría de Hacienda y DATT, de modo que hasta que no cancelen la infracción no queden a paz y salvo en sus bases de datos para efectos de pagar impuestos y realizar trámites ante la autoridad de tránsito.

Dos, dar la oportunidad al infractor de resarcir o corregir el daño antes de imponer la infracción. Si el infractor persiste en no corregir, imponer inmediatamente la sanción.

Son puntos críticos de atentados contra el medio ambiente las zonas de manglar, vía Perimetral y otras de estratos 1, 2 y 3.

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