Cartagena


Enajenadores de vivienda, a rendir cuentas a Control Urbano

Hasta el próximo 30 de abril tienen plazo para presentar la documentación financiera correspondiente al 2021, de no hacerlo incurrirían en sanciones y multas.

EL UNIVERSAL

24 de marzo de 2022 03:10 PM

El Decreto Único Reglamentario 1077 de 2015 y el Decreto Distrital 529 de 1996 exigen que los enajenadores de proyectos de vivienda radiquen anualmente ante la Dirección de Control Urbano la información financiera de sus proyectos.

De acuerdo con el decreto, la documentación debe incluir el presupuesto financiero del proyecto, expresado en la moneda legal colombiana; contener la información general de costos, ventas y la financiación del proyecto, con las especificaciones de cada concepto como indica la misma normativa.

Los documentos solicitados deben ser radicados en la Ventanilla Única de Atención al Ciudadano de la Alcaldía Mayor de Cartagena, con destino a la Dirección de Control Urbano.

El incumplimiento de este requisito es causal de sanciones y multas. Así mismo, es necesario recordar que el enajenador que no radique los documentos de los proyectos de vivienda podrá verse inmerso en el delito de urbanización ilegal, el cual se encuentra definido en el artículo 318 de la Ley 599 de 2000 - Código Penal Colombiano; por esta conducta, tendría que asumir multas hasta de cincuenta mil (50.000) salarios mínimos legales mensuales vigentes o prisión de tres (3) a siete (7) años.

Reciba noticias de El Universal desde Google News

En caso de ser personas jurídicas, la responsabilidad será asumida por los representantes legales y los miembros de la junta directiva que hayan participado en la conducta infractora.

La Dirección Administrativa de Control Urbano solicita los datos financieros de los proyectos de vivienda con el fin de verificar que se cumplan las disposiciones legales pertinentes; además, de velar por los intereses de los compradores, quienes podrán acceder a la información para evaluar los proyectos y conveniencia de su adquisición.

La información financiera suministrada por los enajenadores será verificada por la Dirección de Control Urbano. En caso de encontrarse con irregularidades, se citará al interesado para que la corrija o aclare. Además, se le realizará seguimiento al proyecto para garantizar que el plan de vivienda y las relaciones contractuales con los potenciales adquirentes se estén desarrollando conforme a los documentos radicados.

Para ampliar esta información, los interesados pueden ingresar a la página web controlurbano.cartagena.gov.co o recibir orientación a través de la línea de WhatsApp habilitada para la atención ciudadana, disponible en el botón “canales de comunicación” de la misma página.

Comentarios ()

 
  NOTICIAS RECOMENDADAS