Cartagena


Este será el pico y placa del 6 al 10 de diciembre en Cartagena

Desde este lunes 6 de diciembre cambia la rotación para taxis, conozca cuál será el cambio y cómo será para los otros vehículos durante esta semana.

REDACCIÓN CARTAGENA

06 de diciembre de 2021 12:45 PM

Continúa el pico y placa en Cartagena. Esta medida decretada por el Distrito, a través del Departamento Administrativo de Tránsito y Transporte (Datt), busca gestionar el tráfico y optimizar el flujo vehicular en la ciudad.

El Universal le recuerda cómo aplicará la medida para particulares y motos, y también los cambios que tuvo para los taxis, desde este lunes 6 hasta el viernes 10 de diciembre de 2021.

Cambió para los taxis

Desde el lunes 6 de diciembre comenzará una nueva rotación de pico y placa para los vehículos tipo taxis conforme al Decreto 0940 del 25 de agosto de 2021.

La medida establece su circulación entre las 6:00 a.m. y las 6:00 a.m. del día siguiente, de lunes a viernes, con los últimos dígitos de su placa.

La rotación que regirá hasta el 31 de diciembre de 2021 quedó de la siguiente manera:

Lunes 6 de diciembre 9-0

Martes 7 de diciembre 1-2

Miércoles 8 de diciembre 3-4

Jueves 9 de diciembre 5-6

Viernes 10 de diciembre 7-8

Los taxis que se encuentren en labores de mantenimiento, podrán circular desmontando la silla trasera y portando un aviso en el vidrio frontal: “Vehículo en mantenimiento por Pico y Placa”. Como medida excepcional se autoriza la circulación a los vehículos que demuestren su ingreso a Cartagena con el respectivo comprobante de pago del último peaje.

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Vehículos particulares

- Lunes 6 de diciembre: 1 - 2

- Martes 7 de diciembre 3-4

- Miércoles 8 de diciembre: No aplica por ser festivo

- Jueves 9 de diciembre: 7-8

- Viernes 10 de diciembre: 9-0

La restricción aplica en el horario de 7:00 a.m. a 10:00 a.m. y de 5:00 p.m. a 8:00 p.m..

Motocicletas

- Lunes, 6 de diciembre no podrán circular las motos con placas en 0-2-4-6-8

- Martes, 7 de diciembre 1-3-5-7-9

- Miércoles, 8 de diciembre: 2-4-6-8-0

- Jueves, 9 de diciembre: 1-3-5-7-9

- Viernes, 10 de diciembre: Día sin moto

El conductor y/o propietario del vehículo automotor que transite por sitios restringidos o en horas prohibidas por la autoridad competente recibirá una multa equivalente a 15 salarios mínimos legales diarios vigentes; además el vehículo será inmovilizado.

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