Mientras el italiano Mirco Coccato recobró su libertad, luego que la Fiscalía no pudiera imputarle el delito de supresión de una bebé, la cual pretendía sacar de la ciudad; se abrió el debate sobre la legalidad en la adopción de niños y niñas por parte de extranjeros.
Coccato de 39 años, fue detenido por Migración Colombia, en el aeropuerto cuando pretendía tomar un avión con rumbo a Amsterdam con la bebé de 18 meses de nacida.
La autoridad migratoria explicó que la detención del italiano obedeció a que “se hizo pasar como el padre biológico de la bebé, en el Registro Civil de Nacimiento y presentando un permiso de salida del país firmado por la madre de la menor”.
El italiano está casado con una cartagenera pero no han podido tener hijos.
Sus allegados dicen que es “un ciudadano ejemplar” y que “solo buscaba darle un mejor futuro a la niña”.
Asimismo lo afirmó la madre biológica de la menor, aduciendo que lo que quería era un mejor futuro para la niña en Europa.
La Fiscalía buscaba imputarle el delito de supresión, alteración o suposición del estado civil, pero finalmente no hubo imputación y el italiano quedó en libertad.
Migración Colombia descubrió la irregularidad porque si Coccato no vivía en Colombia y la madre no había salido del país ¿cómo podía ser el padre biológico?
El Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) informó que la bebé recién nacida se encuentra bajo protección de la entidad, que explicó que fue la Policía de Infancia y Adolescencia la que entregó a la menor de edad a la Comisaría de Familia de la capital de Bolívar, que adelantó el proceso de verificación de derechos y le solicitó un cupo al ICBF para su ubicación en hogar sustituto, como medida de protección.
“El ICBF espera la investigación por parte de las autoridades competentes para esclarecer el caso y, por otro lado, acompañará el proceso de verificación que permita determinar si la familia extensa de la bebé es garante de derechos”, anunció la entidad.
Dice el ICBF que en el país pueden ser adoptados las niñas, niños o adolescentes menores de 18 años con declaratoria de adoptabilidad, también los que han sido entregados por sus representantes legales a través del consentimiento, o quienes cuya adoptabilidad haya sido autorizada por el defensor de familia del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar cuando el niño carezca de representante legal.
También puede adoptarse al hijo de uno de los cónyuges o compañero (a) permanente, que podrá ser adoptado por el otro. Podrá adoptarse al mayor de edad, cuando el adoptante hubiera tenido su cuidado personal y hubiera convivido con él bajo el mismo techo por lo menos dos años antes de que cumpliera 18 años. Art. 69 de la Ley 1098 de 2006 (Código de la Infancia y la Adolescencia).
En Colombia pueden adoptar las personas solteras, los cónyuges conjuntamente, los compañeros permanentes que demuestren una convivencia ininterrumpida de por lo menos dos años, y los colombianos o extranjeros. También las parejas homoparentales, compuestas por dos hombres o dos mujeres.
Pero quienes quieran adoptar deben demostrar: ser plenamente capaz, tener mínimo 25 años cumplidos, demostrar la idoneidad física, mental, moral y social suficiente para ofrecerle una familia adecuada y estable a un menor de 18 años, y tener al menos 15 años más que el adoptable.
El ICBF tiene un completo manual para la adopción, en la cual el trámite se realiza ante esta entidad.
Para los extranjeros, la entidad les recomienda que consulten el sitio web si el país en el que reside forma parte del Convenio de La Haya. Si es así, estos deben dirigirse a la autoridad central o al organismo acreditado en el país. Allí le indicarán el procedimiento que debe seguir. También los extranjeros deben consultar en el sitio web de La Haya.
En un proceso de adopción se investigan a fondo todos los criterios que permiten determinar si una persona o pareja cuenta con las condiciones personales y familiares para brindar un ambiente protector.
En el caso del extranjero italiano y su esposa, pudo suceder que aunque tiene un consentimiento de la madre de la menor, al parecer no hizo los trámites correspondientes para la adopción. Sin embargo serán las autoridades quienes investiguen bien este caso.
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