Cartagena


JAC de El Campestre está en suspenso

MÓNICA MEZA ALTAMAR

05 de noviembre de 2017 12:00 AM

Sin Junta de Acción Comunal (JAC) reconocida permanece desde hace más de 18 meses el barrio El Campestre.

El “limbo jurídico”, como lo denominó Marco Antonio Bossio Vásquez, comenzó cuando la Secretaría de Participación y Desarrollo Social se negó a inscribir a los dignatarios electos el 24 de abril de 2016.

Uno de ellos es Bossio, quien fue elegido vicepresidente de la JAC, participando con la única plancha inscrita para el debate electoral. Contó que la ausencia de la firma de la secretaria del debate de la Asamblea originó la negativa de la dependencia distrital.

“La secretaria del debate decía que ella tenía que radicar los documentos ante la Secretaría de Participación, situación que no se dio porque la Junta y el Tribunal de Garantías consideraron que ese no era el procedimiento. Desde allí se hizo notorio su silencio”.

Señaló que “solo apareció un día antes del vencimiento para presentar la documentación para la inscripción de dignatarios, el 23 de mayo de 2016, con un oficio en el cual indicaba que su informe lo dirigió a la Secretaría de Participación y Desarrollo Social, donde fue recibido violando el debido procedimiento. Lo ideal era presentarlo primero ante los organizadores de la elección o ante el Tribunal de Garantías”.

El líder comunal indicó que en la puja por la JAC se presentaron recursos de reposición y apelación que no fueron resueltos a su favor, y “la Secretaría de Participación emitió el Acto Administrativo N° 6063 del 14 de agosto de 2017, diciendo que autoriza prórroga de dos meses para que la comunidad vuelva a hacer elecciones. A raíz de eso presentamos una demanda de nulidad y restablecimiento del derecho ante el Juzgado Quinto Administrativo del Circuito de Cartagena. La Secretaría estaba notificada e igual permitió que se hicieran nuevas elecciones bajo una demanda que no se sabe en qué va a terminar”.

El pasado 23 de octubre, para garantizar el objeto del proceso y la efectividad de la sentencia, el juzgado decidió suspender provisionalmente el numeral dos de la resolución de la Secretaría de Participación y Desarrollo Social, a través de la cual se negó la inscripción de los dignatarios de la JAC de El Campestre, elegidos en abril de 2016, y demás actuaciones adelantadas a consecuencia de él hasta tanto se decida de fondo el proceso.

Bossio recalcó que hoy, “la actuación de la Secretaría tiene un vilo en la comunidad con un conflicto jurídico que no se debió dar porque debió protegerse el derecho de elegir y ser elegido. La ausencia de una firma no modifica el resultado de la elección. Si una persona se niega a firmar no podemos obligarla. La Secretaría nos impuso un excesivo formalismo”.

Lo resolverá un juez
Carlos Dean Correa, coordinador de la Unidad de Formación Ciudadana de la Secretaría de Participación y Desarrollo Social, manifestó que por la medida cautelar que emitió el Juzgado Quinto Administrativo, “la última elección de Junta de Acción Comunal que se hizo en El Campestre no puede ser reconocida”.

Confirmó que “en estos momentos no hay Junta de Acción Comunal reconocida en El Campestre. El juzgado tiene que resolver de fondo la situación que se está presentando”.

Dean aclaró que a la Secretaría de Participación y Desarrollo Social, “el Decreto 890 de 2008 la  faculta para ejercer la inspección, vigilancia y control de los organismos de primero y segundo grado, que son las Juntas de Acción Comunal (JAC) y las Asociaciones de Juntas de Acción Comunal (Asojac). La Secretaría no hace elecciones. Quienes las hacen son los afiliados a estas organizaciones y el proceso pasa a revisión del ente de inspección, vigilancia y control, que decide si hace el reconocimiento o lo niega”.

“La medida del juzgado -anotó- obedece a que si la gente se siente vulnerada en sus derechos, la ley acude a los mecanismos que tenga que acudir para restablecerlos”.

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