Cartagena


Niegan medidas cautelares sobre la APP Corredor Portuario

El Juzgado Octavo Administrativo del Circuito de Cartagena resolvió la solicitud de dos activistas que coadyuvaron la demanda presentada por el Distrito contra KMA Construcciones.

Una nueva decisión se tomó en torno al pleito judicial que libra el Distrito de Cartagena en contra de KMA Construcciones, empresa a la que le fue adjudicada en 2019 la polémica Asociación Público Privada (APP) del Corredor Portuario de Cartagena, proyecto que prolongaría por 30 años más la presencia de peajes en la ciudad.

Cabe recordar que el alcalde de Cartagena, William Dau Chamat, ha manifestado en varias ocasiones que está en desacuerdo con el proyecto y por ello no ha firmado la suscripción del contrato.

Lea aquí: Corredor Portuario enfrenta a administración Dau con KMA Construcciones

Así mismo, hay que señalar que el Juzgado Octavo Administrativo del Circuito de Cartagena resolvió la solicitud de medida cautelar presentada por los activistas Nixon Torres y Erick Urueta, en calidad de coadyuvantes de la demanda de acción popular presentada por el Distrito contra KMA.

Torres y Urueta solicitaron primero la suspensión provisional de los efectos de la Resolución 9217 del 16 de diciembre de 2019, la cual adjudicó el contrato de concesión a KMA. Y segundo, la suspensión provisional de los efectos del contrato.

Reciba noticias de El Universal desde Google News

Frente a ello, KMA argumentó que no hay lugar para las medidas cautelares solicitadas, toda vez que el contrato de concesión ni siquiera ha sido firmado por el alcalde. “El acto administrativo tiene como efecto la suscripción de un contrato de concesión que ni siquiera ha podido celebrarse. En tal sentido, su existencia no causa transgresión a los derechos colectivos”, señalaron.

Por otro lado, el Distrito pidió que sí se concedieran las medidas debido a que en su concepto la expedición de la Resolución 9217 de 2019 vulnera los derechos colectivos a la moralidad administrativa, la defensa del patrimonio público y el interés general al permitir la continuidad de los peajes en Cartagena.

La decisión
El juzgado resolvió negar las medidas cautelares debido a que en el caso no evidenció un perjuicio irremediable.

“Tal como lo menciona la misma entidad accionada, la Resolución 9217 del 16 de diciembre del 2019 fue proferida hace más de dos años y a la presente no se ha ejecutado, es decir, no se ha generado perjuicio a nadie y su efecto, que es la suscripción del contrato de concesión, no se ha materializado”, indicó.

Por este motivo no se accedió a la solicitud de los coadyuvantes y se sigue a la espera de una sentencia sobre la acción popular presentada por el Distrito.

Sobre la demanda

La demanda presentada por el Distrito tiene como propósito que no se suscriba el contrato de concesión que fue adjudicado a KMA para el desarrollo del proyecto del Corredor Portuario, ya que en su concepto vulnera los derechos colectivos a la moralidad administrativa, la defensa del patrimonio público y el interés general.

“El pago de peajes ya existente es rechazado por la ciudadanía y es de conocimiento nacional que la población cartagenera se ha manifestado en el sentido de no estar dispuesta a seguir pagando peajes, y la voluntad del pueblo está por encima de los intereses particulares. El interés general debe prevalecer aún cuando los actos que llevaron a la adjudicación de la concesión estén revestidos de legalidad”, dice uno de los apartes de la acción.

Las pretensiones del Distrito son que se adopten las medidas legales, contractuales, administrativas, financieras y técnicas para prevenir la vulneración de los derechos de la ciudadanía.

Comentarios ()

 
  NOTICIAS RECOMENDADAS