Cartagena


Por estas razones se revocó la concesión para la marina de Castillogrande

La Dirección General Marítima (Dimar), a través de la Resolución 001 del 28 de junio de 2017, a raíz de la interposición de varios recursos de reposición hechos por el Distrito, la comunidad y la Personería, revocó la concesión otorgada a la sociedad Marina Park S.A.S. para la puesta en marcha del proyecto Castillo Landing Place Marina, sobre un bien de uso público en jurisdicción de la Capitanía de Puerto de Cartagena.

Esta nueva determinación fue tomada por un funcionario de la Dimar teniendo cuenta la recusación contra el otorgante de la concesión inicial, que se hizo mediante la Resolución 002 del 16 de enero del 2017. Según este funcionario, la providencia que concede la concesión no tuvo en cuenta dos situaciones que eran desconocidas por el director de la Dimar al momento de otorgarla, lo que hubiera impedido que la resolución fuera esa y no otra.

Una de las consideraciones es que el Distrito, a través de la Secretaría de Planeación, emitió un oficio el 25 de octubre de 2015 en el que certifica que el área donde se pretende construir la marina ni está ocupado por otra persona ni se encuentra destinada a ningún uso público o servicio oficial, y por ende el proyecto pretendido no representaría inconvenientes para los interesados.

Posteriormente, mediante oficio del primero de septiembre del 2016, esta misma Secretaría hace una aclaración y modifica su pronunciamiento inicial, asegurando que según el Plan de Ordenamiento Territorial (POT) el área donde se pretende levantar el proyecto está caracterizada como residencial, paisajística y de uso común, no comercial, en consecuencia, todo esto hizo que las declaratorias de pre factibilidad y factibilidad del proyecto Landing Place Marina, fueran modificadas.

Megaproyecto y POT
Adicionalmente, un factor determinante para la decisión de revocatoria del otorgamiento de la licencia, es que ella desconoce el numeral 7 del artículo 25 del Decreto 0977 del 20 de noviembre de 2001 (POT), que contempla que la bahía de Cartagena será objeto del macroproyecto de carácter general y público, denominado Sistema Bahía Cartagena-Canal del Dique, es decir, que en ninguna de las certificaciones emitidas por la Secretaría de Planeación con destino al proceso ante la Dimar, hace referencia a un proyecto privado, sino a uno público.

En todo caso el fallador tuvo en cuenta principios constitucionales que hablan de la prevalencia del interés público sobre el privado y la obligación del Estado de protegerlos, el oficio del 25 de octubre del 2015 certifica que el área de la bahía de Castillogrande está destinada exclusivamente al uso público. La providencia ordena archivar el expediente. 

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