Cartagena


¡Recuerde! Este es el pico y cédula en Cartagena hasta el 16 de mayo

La medida rige para el acceso y la circulación de personas a entidades financieras, Mercado de Bazurto, almacenes de grandes superficies y supermercados en general.

EL UNIVERSAL

13 de mayo de 2021 07:45 PM

Este jueves circuló en redes sociales un video del alcalde William Dau hablando sobre las medidas para contener el virus en Cartagena, sin embargo, desde el equipo de “Salvemos a Cartagena” explicaron que el mismo no era actual y las restricciones ahí anunciadas obedecen a declaraciones dadas en abril del año pasado.

Ante ello, El Universal recuerda a los cartageneros las medidas que aún están vigente en la ciudad, las cuales fueron establecidas en el Decreto 0531 y se extiende hasta las 00: 00 horas del 17 de mayo de 2021.

Pico y cédula

Continúa el pico y cédula para el acceso y la circulación de personas a entidades financieras, Mercado de Bazurto, almacenes de grandes superficies y supermercados en general.

Se permite exclusivamente el ingreso de acuerdo con el último dígito del respectivo documento de identidad, que a continuación se detalla:

Vierne, 14 de mayo: 0-2-4-6-8

Sábado, 15 de mayo; 1-3-5-7-9

Domingo, 16 de mayo: 0-2-4-6-8

Exentos

1. Los empleados de los establecimientos a los cuales se refiere el presente artículo, y domiciliarios, quienes deberán estar debidamente identificados y acreditados por parte del empleador, en caso de ser requerido por las autoridades competentes.

2. Asistencia y prestación de servicios de salud por emergencias o citas previas, cuando estos se encuentren ubicados en estos sitios.

3. Servidores Públicos y contratistas del Estado en uso de sus funciones y/o que sean estrictamente necesarias para prevenir, mitigar y atender la emergencia sanitaria por el COVID-19.

4. La Policía Nacional, las Fuerzas Militares y organismos de Seguridad en cumplimiento de su misión Constitucional y legal.

5. El Cuerpo Oficial de Bomberos, Defensa Civil, Cruz Roja, Organismos de Socorro en el cumplimiento de sus funciones de atención al desempeño de su misión.

6. Los funcionarios de las empresas de servicios públicos para realizar las actividades estrictamente necesarias para operar o mantener el acueducto, alcantarillado, energía eléctrica y aseo.

7. La prestación de servicios de vigilancia y seguridad privada.

8. Personal que preste sus servicios al sector de la salud.

9. Actividad hotelera, establecimientos de la industria gastronómica, y parques.

Otras medidas

- El toque de queda se mantiene de lunes a viernes desde las 8:00 p.m. de cada día, hasta las 5:00 a.m. del día siguiente, sábado y domingo aplica desde las 2:00 p.m. de cada día, hasta las 5:00 a.m. del día siguiente.

- Este sábado y domingo se permitirá el ingreso a las playas, cumpliendo las medidas de bioseguridad, en el horario de 8:00 a.m. a 12 del mediodía.

- Este fin de semana se permitirá el tránsito de chivas turísticas en horarios específicos, así mismo, en atención el clamor de los carperos y trabajadores del sector turismo. Viernes desde las 9:00 a.m. a 6:00 p.m. y sábados y domingos desde las 9:00 a.m. a 12 del mediodía.

- Está prohibido el consumo de bebidas alcohólicas o embriagantes en el interior de tiendas, refresquerías, terrazas, billares, galleras, clubes y corporaciones sociales, estancos y/o licoreras y espacios públicos. No está prohibida la venta, distribución o expendio de bebidas alcohólicas o embriagantes.

- Se mantiene prohibido en todo el territorio del Distrito de Cartagena de Indias, especialmente en la Zona Norte y Zona Insular, la realización de cualquier tipo de espectáculo público y/o eventos de fiestas electrónicas y de cualquier otro tipo, en playas y espacios públicos; así mismo se prohíbe la utilización de picó, o de cualquier otra clase de artefacto de amplificación sonora que genere alteraciones a la tranquilidad y convivencia ciudadana.

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