Colombia


10 puntos clave de la Reforma:

EL UNIVERSAL

21 de enero de 2011 09:26 AM



1- Portabilidad nacional: este articulado especifica que “Todas las Entidades Promotoras de Salud deberán garantizar el acceso a los servicios de salud en el territorio nacional, a través de acuerdos con prestadores de servidos de salud y Entidades Promotoras de Salud”. Con esta medida las personas podrán acceder a una consulta en cualquier parte del país, con la presentación de su cédula de ciudadanía u otro documento de identidad.
2- Creación de una política de atención primaria, promoción de la salud y prevención de la enfermedad: En esta parte el Estado se hace responsable de una tarea que antes le correspondía sólo a las EPS. Sin embargo, estas no quedan excluidas de apoyar el trabajo, que entre otras cosas buscará incentivar la cultura del autocuidado.
3- Actualización del plan de beneficios: Esta tarea que está pendiente desde hace varios años, tendrá que quedar hecha antes del primero de diciembre del 2011 y se tendrá que seguir haciendo cada dos años, acorde con los perfiles epidemiológicos y de carga poblacional del país, tanto para el régimen contributivo como para el subsidiado.
4- Administración del régimen subsidiado: con la reforma el Ministerio de la Protección Social girará directamente, a nombre de las entidades territoriales la Unidad de Pago por capitación, es decir lo que se paga por cada afiliado que tienen las EPS de este régimen. O también el Estado podrá hacer pagos directos a las Instituciones Prestadoras de salud, IPS, una medida con la que se busca agilizar el flujo de los recursos, que muchas veces se pierden en el camino o llegan con días de mora.
5- Universalización del aseguramiento: La meta es que el 100 por ciento de los colombianos para el 2012 estén afiliados al sistema de salud. Si una persona no está afiliada pero tiene los recursos, deberá escoger una EPS para hacerlo. Si se demuestra que la persona no tiene dinero para afiliarse podrá acceder a una EPS del régimen subsidiado.
6- Seguro de salud por desempleo: en este articulado se especifica que cuando los jefes cabeza de hogar queden desempleados después de haber estado vinculados a una caja de compensación familiar en un periodo no menor a un año, tendrán derecho a los recursos del Fondo para el Fomento del Empleo, que les suministrará un subsidio equivalente a un salario y medio mínimo legal mensual y apoyo para el proceso de reinserción laboral, educación y /o bonos alimentario. Los que no hayan estado vinculados a una caja de compensación familiar solo tendrán acceso a los recursos económicos.
7- Fondo de salvamento y garantías para el sector salud (Fonsat): Una medida criticada por muchos pero que acorde con la reforma servirá para “asegurar el pago de las obligaciones que no fuere posible pagar por parte de las Empresas Sociales del Estado, intervenidas por la Superintendencia Nacional de Salud”. Con estos recursos se financiará hasta el 20% del gasto operacional; en el caso de las Empresas Sociales del Estado liquidadas, se pagará hasta el monto que determine el Ministerio de la Protección Social.
8- Control de los precios de medicamentos: una de las medidas necesarias para frenar el sobrecosto de los precios de estos insumos, que tiene la carga más grande del desfalco del sistema de salud. Según el texto de la reforma “el Ministerio de la Protección Social definirá la política farmacéutica, de insumos y dispositivos médicos a nivel nacional y en su implementación, establecerá y desarrollará mecanismos y estrategias dirigidas a optimizar la utilización de medicamentos, insumos y dispositivos”. Esto para evitar las inequidades en el acceso y asegurar la calidad de los mismos.
9- Creación del instituto de evaluación tecnológica en salud: este organismo será el encargado de la evaluación de las tecnologías para el sector, que deben basarse en la evidencia científica, guías y protocolos sobre procedimientos, medicamentos y tratamiento de acuerdo con los contenidos del POS. En su conformación podrán participar la Academia Nacional de Medicina y las Sociedades Científicas, pese a su desacuerdo con la reforma, quienes tendrán entre otras funciones el diseño de estándares, protocolos y guías de atención en salud.
10- Decentralización de la Superintendencia de salud: este organismo duramente criticado, se desconcentrará y adicionalmente podrá delegar sus fundones a nivel departamental o distrital para tener un margen de acción no solo más amplio sino más rápido frente a las irregularidades que se presenten en las entidades encargadas de velar por la prestación de salud. “Las direcciones departamentales o distritales de salud, presentarán en audiencia pública semestral y en los plazos que la Superintendencia establezca, los informes que esta requiera”, dice la reforma.

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