Colombia


14 EPS denunciadas penalmente por eventuales muertes durante carrusel de la salud

COLPRENSA

04 de agosto de 2011 02:54 PM

El escandaloso caso de corrupción que se destapó en el sector salud y que hasta el momento deja como resultado la intervención de la EPS Saludcoop y la mira de la justicia puesta en otras tantas entidades vinculadas con el sector, tiene un nuevo capítulo.
Esta vez se trata de la denuncia que contra 14 EPS instauró el penalista Abelardo de la Espriella, para quien las posibles muertes causadas por el desgreño administrativo y la falta de responsabilidad de las directivas de las entidades cuestionadas puede generar responsabilidad en el delito homicidio a título de dolo eventual.
“Todo arrancaba cuando un paciente llegaba a una clínica (IPS) para pedir algún medicamento que no está incluido en el Plan Obligatorio de Salud (No POS)”, señala la denuncia que De la Espriella dirigió en contra de los representantes legales y miembros principales de la junta directiva de las EPS Saludcoop, Cruz Blanca, Cafesalud, Humana Vivir, Colmédica, Coomeva, Famisanar, Salud Total, Sos, Susalud, Eps Sánitas, Ecoopsos, Compensar y Comfenalco Antioquia y Valle.
Al respecto, Colprensa dialogó con el jurista para conocer los alcances de la acción que radicó en el despacho de la fiscal general,Viviane Morales.

  • ¿Qué busca la denuncia que usted instauró contra 14 EPS?
Que los directivos de esas entidades investigadas respondan por los homicidios a titulo doloso, de las miles de personas que murieron esperando una atención médica que jamás llegó.

  • Usted habla de dolo eventual en la acción que radicó ante la fiscal Morales, ¿cómo se configuró ese delito?
Los directivos de las EPS investigadas en virtud de la ley tenían una posición de garantes frente a la vida e integridad física de los usuarios del servicio, por el riesgo que implica esa actividad. Al desconocer la obligación de atender correctamente los usuarios, a sabiendas de que sus vidas corrían peligro, eran conscientes del daño que causaban y aún así no hicieron absolutamente nada para evitar el resultado catastrófico que el país conoce, por lo tanto, deben responder como determinadores de esas muertes.

  • ¿Está usted representando usuarios de la salud afectados por el llamado carrusel de la salud?
Estoy actuando a titulo personal, consciente de la necesidad de crear precedentes judiciales que eviten que hechos tan lamentables se vuelvan a repetir. El derecho debe cumplir una función social encaminada al bien común.

  • ¿Quiénes de las directivas de las EPS deben responder, y eso debe cobijar a las directivas de Acemi por algún tipo de negligencia en cuanto a controles o supervisión?
Deben responder los representantes legales y los miembros de las juntas directivas. Eventualmente Acemi podría resultar corresponsable de todo este entuerto. Serán los jueces de la República quienes determinen las responsabilidades a que haya lugar.

  • - ¿Tiene usted cifras acerca de cuántas personas habrían podido morir o resultar afectadas por este hecho de corrupción?
Por la gravedad de los hechos, presenté la denuncia ante la propia Fiscal General, en ese documento le solicito que se averigüe para establecer el número exacto de personas fallecidas como consecuencia de la actuación dolosa de los directivos de las EPS. En todo caso, la cifra que se ha dicho en los medios es apocalíptica.

  • ¿A la par de la acción penal piensa interponer alguna otra acción de carácter administrativo (contra el Estado)?
La acción es única y exclusivamente penal. Las muertes de miles de Colombianos inocentes que perecieron esperando atención médica o una receta, no pueden quedar en la impunidad. Los responsables deben pagar con creces un crimen tan abominable.

  • ¿En este caso se estaría también hablando de delitos como concierto para delinquir o enriquecimientos injustificados?
Mi solicitud es que se investigue por homicidio. Lo otro que me parece menos trascendental se lo dejo al buen criterio de la Fiscalía.

  • Usted reclama el embargo y secuestro de los bienes y recursos de propiedad de las EPS, es posible determinar el monto de los mismos?, y eso ¿podría afectar de una manera u otra la prestación de los servicios de salud que aún están vigentes en las entidades cuestionadas?
El embargo de los bienes de las EPS garantiza que en la eventualidad de ser hallados responsables sus directivos las víctimas; es decir, las familias de las personas muertas tengan garantizado su derecho a la reparación prevista en la ley.

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