Colombia


Audiencia pública por artículo de la Ley de Víctimas

La Corte Constitucional convocó para el próximo 10 de octubre a audiencia pública, para analizar una demanda presentada contra uno de los artículos de la Ley de Víctimas.

COLPRENSA

28 de septiembre de 2019 09:20 PM

La Corte Constitucional convocó para el próximo 10 de octubre a audiencia pública, para analizar una demanda presentada contra uno de los artículos de la Ley de Víctimas.

Los demandantes que en este caso son los exministros del Interior Guillermo Rivera y Juan Fernando Cristo, y los abogados Néstor Iván Osuna y Gustavo García Figueroa, considera que el tiempo planteado en la ley 1448 de 2011 no es suficiente para reparar a todas las víctimas del conflicto armado, en el marco de lo acordado y firmado en el acuerdo de La Habana.

En el documento que reposa en el despacho del magistrado José Fernando Reyes, dice explícitamente que Ley 1448 de 2011 “no puede extinguirse por una disposición de mera temporalidad dispuesta en su origen, como quiera que la finalidad transicional que allí se estableció, que ahora está constitucionalizada, aún no se ha logrado, y que ninguna norma posterior ha mejorado, suplido o absorbido su oferta de garantías de reparación para las víctimas de violaciones graves de derechos humanos con ocasión del conflicto armado interno que vivió el país”.

Los demandantes lo que proponen es permitir una ampliación de la vigencia de la ley teniendo en cuenta que el centro de los acuerdos de paz son las víctimas del conflicto armado.

Así las cosas, en el marco de la audiencia pública convocado por Reyes se debe explicar y plantear un desarrollo que esclarezca cual podría ser el impacto a los derechos de las víctimas de llegase a cumplir el término en el tiempo que establece el artículo 208 de la ley.

Del mismo modo, la diligencia también tendrá la finalidad de evaluar los efectos específicos en la implementación en el acuerdo de paz y los derechos de las víctimas en caso de que se produzca pérdida de la vigencia de la ley 1448 de 2011.

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