Colombia


Colpensiones: ya podrán hacerse efectivos primeros desacatos

COLPRENSA

19 de septiembre de 2013 05:15 PM

Las órdenes de desacato que hayan dictado jueces de la República por el incumplimiento de fallos de tutela relacionados con solicitudes pensionales a personas en estado de profunda vulnerabilidad, ya podrán ser efectivas.

Esto, ya que la Corte Constitucional negó una solicitud del interventor del antiguo Instituto de Seguros Sociales, ISS, para que estas sanciones de desacato fueran suspendidas hasta el 31 de diciembre de 2013.

La Corte, en auto de julio de este año, había suspendido hasta el 30 de agosto las sanciones relacionadas con fallos que ampararan derechos de petición radicados ante el ISS y por sentencias impuestas contra el ISS que tengan ver con personas en estado de invalidez, quienes acrediten enfermedades de alto costo o catastróficas o con personas menores de edad o mayores de 60 años.

Este grupo de personas fueron clasificadas por la Corte Constitucional dentro del Grupo de Prioridad 1 de los afectados por el proceso de transición entre el ISS y Colpensiones. En el segundo grupo están las personas que cotizaron en los últimos tres meses de labores sobre la base de uno y medio a tres salarios mínimos y, en el grupo tres, las personas cuya base de cotización en los últimos tres meses de labores superen los tres salarios mínimos.

La Corte negó la petición del liquidador de ampliar los plazos establecidos en el entendido de que hay una grave vulneración de derechos de los usuarios del ISS y de Colpensiones y por considerar que ambas entidades cuentan con la capacidad para resolver los temas represados frente a este grupo.

“Actualmente se encuentran pendientes de decisión por Colpensiones aproximadamente 24.620 peticiones del GP1 y 128.795 de los agregados restantes, no todas con sanción por desacato; en tanto que el ISS en liquidación informó que solo faltan por trasladar 25.100 expedientes, más otros nuevos, no todos del GP1”, señaló la Corte.

La Corte, además, consideró que el ISS en liquidación y Colpensiones tuvieron cerca de mes y medio para avanzar en el cumplimiento de los fallos judiciales del grupo uno “por lo que debieron adoptar las medidas conducentes para precaver la ejecución de las sanciones a partir del 30 de agosto de 2013”.

De otro lado, la Corte se mostró preocupada al encontrar que hay serias dificultades administrativas a la hora de resolver solicitudes represadas ya que hasta ahora se está cumpliendo con los trámites de organizar y clasificar más de 260 mil solicitudes, no hay un inventario consolidadado de qué expedientes se han pasado del ISS a Colpensiones ya que hay evidencia del extravío “de un número importante de carpetas afiliadas del réginen de prima media”.

En ese sentido, la Corte ordenó a la Fiduprevisora S.A., Liquidador del ISS en Liquidación, que establezca un plan de acción para poder documentar el envío de los expedientes a Colpensiones con información detallada y, además, que envíe dentro de los primeros diez días de cada mes un informe en el que señale el avance, estancamiento o retroceso en el cumplimiento de ese plan.

Igualmente, se advirtió al Ministerio de Salud, del Trabajo, de Hacienda y a la Dirección del Departamento Administrativo de la Función Pública, que tomen las medidas necesarias para que la eventual suscripción del acta final de liquidación del ISS termine afectando el traslado de expedientes prestacionales y demás documentos a Colpensiones.

La Corte ordenó también que en lo sucesivo los jueces que conozcan acciones de tutela, trámites de cumplimiento o incidentes de desacato contra el ISS y Colpensiones, incluyan en sus providencias el detalle de la cédula, nombres completos de la persona e identifique el proceso para que por este tipo de detalles no se pierdan los expedientes.

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