Colombia


Consejo de Estado recuerda los requisitos para acceder a pensiones especiales

La corporación advirtió que los trabajadores estatales que obtuvieron derecho a la pensión a través de convenciones colectivas del trabajo no pueden ser excluidos del reajuste especial.

COLPRENSA

27 de abril de 2020 02:46 PM

El Consejo de Estado advirtió que los trabajadores estatales que obtuvieron derecho a la pensión a través de convenciones colectivas del trabajo no pueden ser excluidos del reajuste especial que estableció el Congreso en 1992 para nivelar los ingresos de los pensionados antes del 1 de enero de 1989 y los trabajadores de entidades estatales de la época.

Bajo esta conclusión, la corporación revocó la decisión por medio de la cual el Tribunal Administrativo del Valle le negó el derecho al reajuste a un extrabajador de la Universidad del Valle.

En el caso de estudio el tutelante anunció que su mesada era equivalente al 100% del ingreso base de liquidación y no del 75%, como lo ordenaba la ley, debido a que la convención colectiva bajo la que estaba amparado su derecho a la pensión le permitía acceder a este beneficio.

Para el Tribunal, el reajuste que estableció el Congreso para equiparar los ingresos de los pensionados antes del 1 de enero de 1989 y los trabajadores de la época no podía hacerse efectivo para aquellos que, como el accionante, habían obtenido una pensión superior a la legalmente reconocida para el resto de trabajadores.

El Consejo de Estado dejó sin efectos esta determinación. Aclaró que los beneficios obtenidos por los trabajadores a través de las convenciones colectivas no son incompatibles con la ley por medio de la cual se concedió a los pensionados antes del 1 de enero de 1989 el derecho de reajustar sus ingresos, para nivelarlos con los de los trabajadores estatales de la época.

Así las cosas, la alta corte le ordenó al Tribunal dictar un nuevo fallo en el que tenga en cuenta que los únicos requisitos para acceder al reajuste especial de 1992 son el haber adquirido el derecho pensional antes del 1º de enero de 1989 y haber sufrido una diferencia con respecto a los salarios de la época.

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