Colombia


Estado de conmoción interior: qué es y por qué se decretaría en Colombia

El presidente Iván Duque podrá recurrir a esa figura en caso de que existan graves perturbaciones del orden público. Apenas en los últimos 30 años se ha usado en cuatro ocasiones.

EL UNIVERSAL

06 de mayo de 2021 03:00 PM

Teniendo en cuenta las manifestaciones que se realizan en el país desde el pasado 28 de abril, las cuales han dejado al menos 24 personas fallecidas, alteraciones de orden público, desmanes y denuncias de abuso policial, se ha hablado de la posibilidad de que en Colombia se decrete el estado de conmoción interior. (Lea aquí: Declarar conmoción interior genera controversia en el Congreso)

Algunos congresistas y varios miembros del Centro Democrático se han mostrado a favor de que el presidente Iván Duque tome esta decisión, sin embargo, esta posibilidad ha generado dudas entre la ciudadanía.

Ante ello, El Universal decidió explicar qué es un estado de conmoción interior y qué implica.

¿Qué significa?

El estado de conmoción interior hace referencia a una figura contemplada en el artículo 213 de la Constitución Política de Colombia a la que acuden los presidentes cuando la situación de orden público en el territorio se sale de control.

“En caso de grave perturbación del orden público que atente de manera inminente contra la estabilidad institucional, la seguridad del Estado, o la convivencia ciudadana, y que no pueda ser conjurada mediante el uso de las atribuciones ordinarias de las autoridades de Policía, el Presidente de la República, con la firma de todos los ministros, podrá declarar el Estado de Conmoción Interior, en toda la República o parte de ella”, dice un aparte del articulo 213.

En el mismo artículo se detalla que esta figura podrá ser utilizada por un término no mayor a noventa días, que podrá ser prorrogable por dos períodos más, es decir, que su duración máxima podrá ser de 270 días; sin embargo, para la segunda prórroga requiere del “concepto previo y favorable” del Senado de la República.

Mediante tal declaración, el Gobierno tendrá las facultades estrictamente necesarias para conjurar las causas de la perturbación e impedir la extensión de sus efectos. Los decretos legislativos que se dicten podrán suspender las leyes incompatibles con el Estado de Conmoción y dejarán de regir tan pronto como se declare restablecido el orden público.

¿Qué implica?

La conmoción interior le permite al primer mandatario asumir poderes excepcionales con los que incluso podría suspender cargos de gobernantes regionales, restringir manifestaciones que puedan perturbar el orden público y asumir el control de la radio y la televisión.

Esta figura también da facultades a las autoridades para que con orden judicial o sin ella detengan a personas sobre las que se tenga algún indicio de estar comprometidas en delitos, además de que permite que la fuerza pública realice inspecciones a domicilios sin necesidad de una orden judicial previa, aunque en esos casos se deberá informar a la autoridad judicial competente, en un plazo de 24 horas, las causas que motivaron la inspección.

También podrán restringir la movilidad ciudadana, utilizar temporalmente bienes públicos y privados, limitar o racionar el uso de servicios o el consumo de artículos de primera necesidad, modificar el presupuesto. No se interrumpirá el normal funcionamiento de las ramas del poder público ni de los órganos del Estado.

Decreto falso

Es de precisar que ayer comenzó a circular en redes sociales un supuesto decreto con el que el presidente Iván Duque habría declarado estado de conmoción interior, sin embargo, el Gobierno nacional desmintió el documento.

“El Gobierno Nacional no ha expedido un decreto declarando Estado de Conmoción Interior. Invitamos a los colombianos a informarse a través de nuestras fuentes oficiales y evitar compartir #NoticiasFalsas”, publicó la Presidencia de la República en Twitter.

De otro lado, el presidente Iván Duque aseguró que no descarta decretar conmoción interior en el país, dadas las circunstancias de orden público que se presentan en algunas ciudades.

“Uno como jefe de Estado no puede renunciar a ninguna de las herramientas que le da la constitución y la ley. La ley 137 del 94, que es la que reglamenta el estado de conmoción interior, tiene herramientas taxativas que se pueden emplear y están orientadas a que se empleen, únicamente si los mecanismos ordinarios no funcionan. Han sido usadas en muy pocas ocasiones. A la pregunta si se renuncia a esta herramienta, ni a esa ni a ninguna otra herramienta constitucional”, señaló el mandatario. (Lea aquí: “La violencia no es una forma de presión”: Iván Duque)

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