Colombia


Fiscalía debe reparar a exescolta por detención irregular

La Fiscalía deberá pagarle más de 61 millones de pesos al exescolta de Servientrega, tras haberlo mantenido privado de la libertad injustamente.

COLPRENSA

06 de junio de 2020 05:49 PM

Por decisión del Consejo de Estado, la Fiscalía deberá pagarle más de 61 millones de pesos a un exescolta de Servientrega, tras haberlo mantenido privado de la libertad injustamente dentro de una investigación penal que se venía adelantando por el presunto funcionamiento de una banda de contrabandistas y extorsionistas que estaría operando en el interior de esa empresa de correos.

La denuncia la interpuso el propio gerente de la entidad el 28 de enero del 2002, lo que condujo a la captura del exescolta y de varios de sus compañeros que laboraban en el área de seguridad de la compañía. Este permaneció recluido en la cárcel durante ocho meses y 14 días, en cumplimiento de una medida de aseguramiento que emitió la Fiscalía por los delitos estafa, extorsión, contrabando, favorecimiento y concierto para delinquir.

Según el ente investigador, el hombre había corroborado la ocurrencia de los ilícitos en una diligencia de indagatoria. Sin embargo, el 14 de noviembre del 2002 la entidad revocó esta medida privativa de la libertad y siete meses más tarde precluyó la investigación contra el exescolta, descartando su participación en los delitos.

Luego de que la justicia penal llegó a la conclusión de que él no participó en los casos de contrabando y extorsión que, supuestamente, se venían gestando con la utilización de los instrumentos y objeto comercial de Servientrega, el exescolta interpuso una demanda de reparación directa por casi 900 millones de pesos contra la Fiscalía.

El Tribunal Administrativo de Cundinamarca negó las pretensiones de la demanda, por considerar que la accionada no estaba obligada a reparar el daño ocasionado por la detención. A su juicio, esta decisión estaba basada en una medida de aseguramiento que se sustentaba en varios documentos, interceptación a comunicaciones y testimonios que parecían dar cuenta de la ocurrencia de los delitos.

El demandante insistió en la responsabilidad del ente investigador y en la necesidad de que esta entidad le resarciera, al apelar la decisión, con la intención de que el Consejo de Estado condenara a la entidad.

En este caso, la corporación revocó la determinación y condenó a la entidad demandada, por considerar que la medida de aseguramiento no tenía sustento legal. A su juicio, la Fiscalía no podía concluir que cuando el hombre admitió que sospechaba que el jefe de seguridad de la entidad estuviera involucrado en actividades ilícitas, estuviera aceptando su propia responsabilidad en los ilícitos.

Debido a este y otros errores de apreciación sobre las pruebas, teniendo en cuenta que la demandada tampoco explicó el propósito de la medida privativa de la libertad, entre otras irregularidades, el Consejo de Estado le impuso a este organismo el deber de resarcir el daño.

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