Colombia


Galeón San José no está en las coordenadas de la Sea Search: Consejo de Estado

COLPRENSA

26 de febrero de 2018 03:00 PM

El Consejo de Estado explicó este lunes los pormenores de la decisión que determinó que las piezas que se encuentren en el lugar del naufragio del galeón San José, que sean declaradas patrimonio cultural sumergido, pertenecen a la Nación.

Entre los elementos más importantes de la decisión está el que se ratifica la resolución 354 de 1982 de la Dimar que le dio a la empresa Sea Search Armada, cesionaria de la Compañía Glocca Morra, calidad de denunciante para la exploración sobre unas coordenadas específicas que entregó en su momento, que denominaron punto A, pero solo sobre ellas.

El magistrado ponente, William Hernández, señaló que la empresa “solo tendría derecho sobre ese punto exacto. No más”.

“Jurídicamente sabemos que la Sea Search Armada señaló un punto exacto y en ese punto exacto hasta ahora no se ha encontrado nada. Lo que defina el Gobierno Nacional y en donde se supone que sí se encuentra el Galeón, son unas coordenadas completamente diferentes”, aseguró el magistrado.

El jurista explicó que en el pasado se contrató a un investigador que determinó que “no hay ningún naufragio que se parezca a lo que es el Galeón. No podemos llegar a conclusiones definitivas, sino aproximadas, en el sentido que el punto exacto dependerá del momento en que se haga la extracción efectiva del Galeón”.

ALGUNAS PIEZAS PODRÍAN NO SER PATRIMONIO

El presidente del Consejo de Estado, magistrado Germán Bula, explicó que si bien no se anuló la resolución, el fallo es claro en advertir que el patrimonio nacional sumergido es de la Nación y, por tanto, es inalienable, inembargable e imprescriptible.

Bula explicó que el “tesoro”, que es un tema que jurídicamente se maneja por el Código Civil, es diferente al “patrimonio cultural”.

“Al patrimonio cultural sumergido, en estricto, no se le puede llamar tesoro”, señaló Bula al explicar que en la sentencia se deja en claro que estas distinciones las deberá hacer el Consejo Nacional de Patrimonio Cultural para este caso específico del Galeón San José.

El magistrado Hernández señaló que la Nación es propietaria del patrimonio sumergido y las especies náufragas de más de 100 años como este caso.

“Si ya tenemos claro que desde el punto de vista jurídico en el fondo del mar no existe la figura de tesoro, sino especies náufragas, una parte de ellas, sobre todo la que tiene más de 100 años, se puede considerar patrimonio sumergido”, señaló Hernández.

El magistrado explicó que el Consejo Nacional de Patrimonio Cultural es el que deberá definir si las monedas de oro, lingotes o piedras preciosas que eventualmente se encuentren son o no “patrimonio” o no, de acuerdo con los criterios de representatividad, singularidad, repetición, estado de conservación e importancia científica.

Con esto, es posible que algunas de estas piezas sean consideradas como patrimonio, pero que otras no. “Parte de las monedas, lingotes o aquello que no tenga la representatividad o singularidad, puede ser utilizado para efectos del rescate, de la explotación económica, parte de los gastos de lo que implicaría el rescate del Galeón”, señaló Hernández.

“Lo que no sea patrimonio cultural se rige por otras normas, por el Código de Comercio, por normas internacionales y nacionales marítimas o por el Código Civil”, explicó Hernández al señalar que si es posible en todo caso que la empresa Sea Search podría demandar internacionalmente si así lo considera, las decisiones que se tomen al respecto.

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