Colombia


Investigación a la alcaldesa Claudia López es un desacierto: analistas

La Fiscalía anunció una indagación contra la alcaldesa de Bogotá por supuesta violación de medida sanitaria.

COLPRENSA

27 de abril de 2020 06:05 PM

En la mañana de este lunes se conoció que la Fiscalía General abrió indagación preliminar contra la alcaldesa de Bogotá Claudia López, por presunta violación a la medida sanitaria por salir a mercar junto con su esposa la senadora Angélica Lozano. (Lea aquí: Abren indagación a Claudia López por presunta violación de medida sanitaria)

El ente acusador ha adelantado investigaciones penales por estos casos en más de 100 ocasiones, incluso, al alcalde de Popayán Juan Carlos López le fue endilgado el delito de falsedad en documento, pero indirectamente estaba vinculado con la crisis que padece el mundo por cuenta de la pandemia.

Hay otros casos, como el de las 40 personas que incumplieron el aislamiento debido a que estaban departiendo con drogas y licor en el norte de Bogotá, por estos hechos, fueron judicializados durante la semana pasada.

Pero ¿qué tan pertinente es una investigación penal en este delito?, para el abogado penalista Marlon Díaz, las investigaciones carecen de atipicidad o falta de responsabilidad, por lo que consideró que no solo la indagación de la mandataria de los bogotanos era un desacierto, sino también el resto que se han adelantado.

“Me parece un desacierto por parte de la Fiscalía General el comunicado en el que informa que inició la indagación en contra de la alcaldesa Claudia López, el derecho penal es el último recurso con el que cuenta el estado para controlar un comportamiento en la sociedad. No se puede usar el derecho penal para controlar comportamientos que se pueden solucionar a través de una multa o medidas administrativas”, dijo el abogado.

Para el penalista, la violación de la medida sanitaria es un delito penal en blanco, es decir, que en el Código Penal no están establecidas por lo que es necesario recurrir a otro tipo de regulaciones para que estas se especifiquen.

Díaz señaló que en este caso, se encuentran las resoluciones y decretos emitidos por el Gobierno Nacional en el marco de la pandemia generada por el COVID-19. “En todos los decretos hay un regla general que habla sobre el aislamiento y otras acciones que no son conocidas, entonces, no habría violación a las medidas sanitarias sino se conocen”, puntualizó.

Además de eso, el penalista resaltó que puede existir una violación a tal medida cuando quien incumpla sea una persona que está contagiada del COVID-19. “Si no está ese contagio jamás podrá vulnerarse violación. Solo habrá un delito por ejemplo con alguien que promueve una fiesta o un evento concurrido porque podría estar generando la violación de la medida”, señaló el penalista.

A esta moción se unió el penalista Francisco Bernate quien aseguró que las violaciones de una medida sanitaria son delito cuando se expone la salud de las demás personas.

Los penalistas coincidieron en que si hubo un error de la Fiscalía, a juicio de Díaz, por su protagonismo mediático porque la mayoría de imputaciones y procesos que se han abierto por violación de medidas sanitarias son inocuas.

Sobre Lozano señaló que hay posibilidad de compulsar copias a la Corte Suprema de Justicia dado que es aforada si consideran que hubo una parte de su parte. Las mujeres recibieron amonestación económica.

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