Colombia


Jalón de orejas del Consejo de Estado al presidente y los ministros

El alto tribunal dijo que tanto uno como otros han incumplido con la ley que les exigió reglamentar los vehículos eléctricos.

COLPRENSA

14 de octubre de 2021 07:55 PM

Por orden del Consejo de Estado, la Presidencia de la República y los Ministerios de Transporte y Ambiente deberán reglamentar, en un plazo máximo de seis meses, la revisión técnico mecánica y la emisión de gases contaminantes para los vehículos eléctricos, así como el reconocimiento de un descuento en la tarifa para los usuarios de estos automóviles.

Lo anterior, luego de que el alto tribunal acogiera una demanda que interpuso la Procuraduría Judicial II ambiental, quien aseguró que el Gobierno estaba incumpliendo con los lineamientos de la Ley 1964 del 2019 que ordena establecer los parámetros normativos para estos vehículos.

El Ministerio Público señaló que ha pasado más de un año sin que se expida la reglamentación y de ahí la necesidad de acudir al juez de cumplimiento para obligar a los ministerios a adelantar la actuación que impone la ley.

En primera instancia, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca decidió no acceder a las pretensiones de la demanda y sostuvo que el Gobierno no ha sido renuente al cumplimiento de la ley, en la medida en que han demostrado el desarrollo de gestiones para su cumplimiento y afirmó que ya fue publicado el proyecto de reglamentación.

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No obstante, la decisión fue impugnada por la Procuraduría con la intención de que el Consejo de Estado expidiera una orden judicial para que las entidades dieran cumplimiento a lo señalado en la ley.

“Es incongruente considerar que las entidades accionadas no han sido renuentes al cumplimiento de la norma, pese a que no se ha materializado la reglamentación, para la cual tenían un plazo de seis meses”, dijo el Ministerio Público.

Así mismo, la Procuraduría, en la impugnación aseguró que era inadmisible exhortar a la expedición de la reglamentación en un plazo razonable, sin imponer un límite de tiempo concreto. “Se desconocen plazos perentorios impuestos por el legislador, olvidando que no puede quedar en indefinición la resolución de las situaciones jurídicas”, aseguró la Institución.

El alto tribunal le dio la razón a la Procuraduría y revocó el fallo, por lo que ordenó emitir la reglamentación, en un plazo de seis meses contados desde la ejecutoria de la providencia.

“La norma sí se establece un deber claro y expreso para que, en seis meses, el Gobierno reglamente para la revisión técnico-mecánica y de gases contaminantes a los vehículos eléctricos, así como el reconocimiento de un descuento en la tarifa”, señaló el Consejo de Estado.

Y agregan, “para la sala es claro que el presidente de la República y los Ministerios no han cumplido con lo que la ley les exigió”.

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